El comité de Mercasevilla defiende al exdelegado de UGT cuya imputación pide la empresa

Asegura que no participó en ninguna reunión o negociación ajena a las "normales" como miembro del comité de empresa

El comité de empresa de la sociedad mixta Mercasevilla, participada mayoritariamente por el Ayuntamiento hispalense, ha defendido que el exdelegado sindical Eduardo M.V., cuya imputación reclama la empresa por su papel en los expedientes de regulación de empleo (ERE) promovidos en 2003 y 2007 e investigados por la juez Mercedes Alaya, nunca participó en negociaciones ajenas a las "normales" y propias del comité de empresa.

Rafael Domínguez (CCOO), presidente del comité de empresa de Mercasevilla, ha mostrado a Europa Press su "sorpresa" ante la decisión de la representación judicial de la empresa de solicitar a la juez Mercedes Alaya que imputa a este exdelegado sindical prejubilado precisamente en el ERE de 2007, investigado junto al de 2003.

Eduardo M.V. había sido citado a declarar el viernes, pero en calidad de testigo, a petición de la defensa del exdirector general de Mercasevilla Fernando Mellet, al considerarse que, como delegado sindical de UGT en Mercasevilla, "pudo presenciar las diversas reuniones que se mantenían con miembros del Ayuntamiento y de Mercasa" y que podría declarar, así, sobre las relaciones mantenidas por Mellet con los miembros del Consejo de Administración.

Frente a ello, la representación legal de Mercasevilla, en un escrito consultado por Europa Press, argumenta que "en los archivos y libros de actas que constan en Mercasevilla de los diferentes órganos colegiados de la Sociedad; Comisión Ejecutiva, Consejo de Administración o Junta General, una vez revisados, no consta que el extrabajador Eduardo M.V. haya asistido como invitado a algunas de las reuniones o sesiones celebradas en el desarrollo de la actividad de la Sociedad".

Señala Mercasevilla, en ese sentido, la participación de Eduardo M.V. en unos "hechos delictivos" relacionados con los expedientes de regulación de empleo de 2003 y 2007, promovidos a partir de acuerdos "fraudulentos", como, según subraya esta parte, ha sentenciado la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Rafael Domínguez, en ese sentido, ha defendido que este exsindicalista no ha participado en ninguna negociación ajena a los contactos y reuniones "normales" del comité de empresa para desarrollar su papel de representación de la plantilla, aseverando que "las decisiones que toma el comité se refrendan siempre en la asamblea de trabajadores". Así, ha defendido a este exdelegado sindical y ha mostrado su "sorpresa" ante la decisión de la empresa.

El ere de 2007

El expediente de regulación de empleo acordado en 2007 por Mercasevilla, cuyo coste se elevaba a 9.046.976,95 euros, fue aprovechado por 40 empleados para acceder a la prejubilación. No obstante, sus rentas quedaron en el aire en 2009 al desligarse la Consejería de Empleo de la financiación de este procedimiento sometido a investigación, en el marco de las diligencias incoadas por el Juzgado de Instrucción número seis por la anterior gestión de la sociedad mixta Mercasevilla y la presunta trama de prejubilaciones fraudulentas y subvenciones arbitrarias promovidas con cargo a la a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos.

Y es que aunque entre 2007 y 2008 el por entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Francisco Javier Guerrero, había firmado varios documentos mostrando la "conformidad" y compromiso de su departamento en cuanto al libramiento de fondos para las prejubilaciones de los trabajadores de Mercasevilla acogidos al ERE de 2007, el posterior director general de Trabajo y Seguridad Social, Daniel Rivera, resolvió que estos actos fueron "meros actos de comunicación huérfanos del sustento de cualquier resolución o convenio".

A

Los tribunales

La decisión del sucesor de Guerrero de desligar a la Junta de la financiación de las prejubilaciones de este ERE motivó un conflicto judicial promovido por el colectivo de prejubilados del expediente de regulación de empleo de 2007, que reclamaba los "compromisos" de pago de dicho procedimiento.

La correspondiente sentencia del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, no obstante, zanjaba finalmente que Mercasevilla es "el único responsable del pago de las indemnizaciones reconocidas en el ERE", porque la juez considera "irrelevante el compromiso personal" formalizado por Guerrero en sus documentos al carecer de "todo trámite administrativo".

Recurrida esta sentencia, la sala de lo Social del Alto tribunal andaluz, en una sentencia fechada el 30 de octubre de 2014 y recogida por Europa Press, desestimaba plenamente el recurso de los prejubilados y estimaba parcialmente el recurso de Mercasevilla, revocando la sentencia previa y declarando que los extrabajadores tienen derecho a percibir de Mercasevilla sólo "el importe que corresponda por indemnización", siendo de nuevo declarada Mercasevilla como "responsable" exclusiva del abono de tales indeminizaciones.

La sentencia, además, declaraba que el acuerdo alcanzado entre la empresa y la representación de la plantilla para el ERE de 2007 "constituye un auténtico abuso de derecho y un fraude de Ley" como consecuencia de las altas cuantías y rentas pactadas, toda vez que la Consejería de Empleo "no ha controlado debidamente las condiciones pactadas".

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