Condenan a un hombre por alijar más de una tonelada de hachís y a otro por blanqueo

La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años de prisión a un hombre por trasladar más de una tonelada de hachís de una embarcación a otra, comprada por otro acusado, al que también se condena pero a 10 meses de cárcel y por un delito de blanqueo de capitales, al haber adquirido ese barco de recreo con dinero del tráfico de drogas.

La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años de prisión a un hombre por trasladar más de una tonelada de hachís de una embarcación a otra, comprada por otro acusado, al que también se condena pero a 10 meses de cárcel y por un delito de blanqueo de capitales, al haber adquirido ese barco de recreo con dinero del tráfico de drogas.

Los hechos sucedieron en enero de 2011 en una playa de Torrox (Málaga). Los funcionarios de la Unidad Combinada de Vigilancia Aduanera tuvieron conocimiento de que se estaba produciendo el traslado de droga de dos embarcaciones neumáticas a otras dos de tipo de recreo en el varadero de dicha playa.

Así, según se declara probado en la sentencia, uno de los acusados se puso de acuerdo con otras personas no identificadas para esconder en el interior de una embarcación fardos de arpillera con droga, en concreto 81 bultos que contenían 497.480 gramos de hachís, con un valor en el mercado ilícito de 1,09 millones de euros.

Además, en otra embarcación de recreo intervenida, una persona no identificada escondió en un doble fondo 94 bultos de arpillera con 570.000 gramos de hachís, con un valor de 1,2 millones de euros. El otro acusado había adquirido este barco por 15.000 euros "con dinero proveniente de actividades derivadas del trafico de drogas".

Estos hechos constituyen un delito contra la salud pública, por el que es condenado uno de los acusados, al que se le impone tres años de cárcel y el pago de dos millones de euros de multa —según el valor estimado en el mercado ilícito de toda la sustancia intervenida—. Se aplica una rebaja de la pena por drogadicción.

Asimismo, al otro procesado se le condena por un delito de blanqueo de capitales, al haber adquirido la embarcación de recreo con dinero procedente de un delito, en este caso, del tráfico de drogas; imponiéndole 10 meses de cárcel y multa de 16.000 euros. Se acuerda también la destrucción de toda la sustancia intervenida.

Esta sentencia se dictó con la conformidad de las defensas de los acusados con la modificación realizada por el ministerio fiscal en cuanto a la calificación inicial. Asimismo, los propios procesados también se mostraron de acuerdo con los hechos por los que estaban acusados y con las penas solicitadas.

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