Convocadas ayudas por 741.000 euros para la contratación de desempleados por entidades sin ánimo de lucro

El Gobierno de Cantabria ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la convocatoria para 2015 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general y social. El importe total de esta inversión asciende a 741.000 euros.

El Gobierno de Cantabria ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la convocatoria para 2015 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general y social. El importe total de esta inversión asciende a 741.000 euros.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Cantabria y que contraten personas desempleadas para la prestación de servicios calificados de interés general y social.

Los servicios a realizar en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo por las entidades solicitantes deberán ser de interés general y social, y desarrollarse en alguno de los siguientes ámbitos: atención a la infancia, atención a personas con alguna discapacidad, mediación familiar, ayudas a jóvenes en dificultad y con desarraigo social, lengua de signos, servicios de proximidad en el medio rural y minorías étnicas.

Además, y entre otros requisitos, debe tratarse de servicios que se ejecuten preferentemente entre las actividades y ocupaciones que se determinen prioritarias en función de la evolución del mercado de trabajo y de las políticas de empleo, de acuerdo con los criterios fijados por el Servicio Cántabro de Empleo.

La duración de los proyectos no superará los cinco meses desde la fecha de inicio de los mismos, y deberán prestarse en su totalidad dentro del año natural del ejercicio presupuestario en que se otorgue la subvención, excepto para proyectos relacionados con lengua de signos que podrán ejecutarse en el plazo de un año.

Las subvenciones se destinarán a financiar los costes salariales y de Seguridad Social de los desempleados.

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