El derecho a una vivienda será exigible por ley en el País Vasco

  • El derecho a la vivienda podrá reclamarse ante los tribunales.
  • La Ley vasca de Vivienda permitirá expropiar temporalmente a los bancos.
  • También se gravarán los pisos vacíos y se contempla la posibilidad de decretar el alquiler obligatorio de las viviendas sin ocupar.
El lehendakari, Iñigo Urkullu, interviene en Parlamento vasco.
El lehendakari, Iñigo Urkullu, interviene en Parlamento vasco.
EFE
El lehendakari, Iñigo Urkullu, interviene en Parlamento vasco.

La nueva ley vasca se va a colocar en la vanguardia de la protección social y de la mano no del Gobierno vasco sino de la oposición. Lo más importante del texto de esa ley, que aún debe votarse, es que recoge lo que dice la Constitución, de manera que en el País Vasco el derecho a una vivienda será exigible por ley.

Ese lunes finalizaron los trabajos de la ponencia del Parlamento Vasco que estudia esta proposición de ley, que fue presentada por el PSE y que recoge lo fundamental del proyecto de ley elaborado la pasada legislatura por el Gobierno de Patxi López, que decayó al agotarse su mandato. La Ley vasca de Vivienda reconocerá el carácter subjetivo del derecho a la vivienda, es decir, garantizado por ley y susceptible de reclamarse ante los tribunales y permitirá a la Administración expropiar temporalmente a los bancos para evitar el desahucio de sus inquilinos.

El "cuerpo troncal" del texto original está recogido en el informe elaborado por la ponencia, aunque se han incorporado modificaciones a través de enmiendas pactadas por el PSE y UPyD y apoyadas también por EH Bildu. Si los grupos mantienen sus posturas, el texto será aprobado, ya que socialistas, abertzales y UPyD suman 38 parlamentarios, frente a los 37 de PNV y PP, que lo rechazan.

El proyecto contempla el canon a los pisos que estén vacíos durante más de dos años. Además, la ley contempla la posibilidad de decretar el alquiler obligatorio de las viviendas sin ocupar. Se establece que a las personas con unos ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no se les podrá exigir que paguen por un alquiler más de un 15% de su renta disponible. Esta cifra, para el resto de colectivos reconocidos en la ley, se elevaría a un 30%.

El texto acordado determina que en los cinco primeros años desde la entrada en vigor de la norma, el 80% de la vivienda pública que se construya en Euskadi deberá estar destinada al alquiler. Una vez transcurridos esos cinco años, todos las viviendas públicas que se creen deberán ser para alquiler.

La aprobación definitiva de este documento está pendiente de votación por parte del pleno de la Cámara –no se debatirá hasta después de las elecciones del 24 de mayo–. El texto cuenta con el respaldo de PSE, EH Bildu y UPyD, aunque es rechazado por PP y PNV.

Cómo organizar el derecho a una casa: progresividad de la medida

Dada la dificultad de llevar a la práctica el derecho a una vivienda, la propuesta contempla que el ejercicio de este derecho se efectúe de forma progresiva. De esa forma, en el primer año a partir de la entrada en vigor de la ley, se reconocerá el derecho subjetivo al acceso a la vivienda para las unidades de convivencia de tres o más miembros, con ingresos inferiores a 15.000 euros anuales y que lleven cuatro o más años registradas como demandantes de un alquiler en el registro oficial.

A partir del segundo año de la entrada en vigor de la ley, se prevé que este derecho pueda ser ejercido también por las unidades de convivencia de dos miembros, con ingresos inferiores a 12.000 euros anuales y que –al igual que en el caso anterior– lleven cuatro o más años registradas como demandantes de un alquiler en el registro oficial. A partir del tercer año de la aprobación de la ley, se reconocerá el derecho subjetivo a la vivienda para las unidades de convivencia de un miembro y con ingresos inferiores a 9.000 euros anuales. El requisito de antigüedad en el registro de demandantes es el mismo que el de los dos casos anteriores.

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