Murcia, primer municipio de la Región en contar con una ordenanza del taxi

La nueva ordenanza regula aspectos como la antigüedad del vehículo, las obligaciones u derechos de taxistas y usuarios y la forma de pago
Javier Iniesta, concejal de Tráfico
Javier Iniesta, concejal de Tráfico
EUROPA PRESS
Javier Iniesta, concejal de Tráfico

Murcia es, desde hoy, el primer municipio de la Región en adaptarse a la Ley Regional del Taxi y contar con una ordenanza que regula el sector.

La Comisión de Asuntos Generales ha aprobado definitivamente la nueva normativa, "una petición histórica del sector y que cuenta con el respaldo de nueve de las diez asociaciones más representativas y mayoritarias" entre los titulares de licencia, "en la que hemos trabajado duro durante cuatro meses".

Así lo ha destacado el concejal de Tráfico y Transportes, Javier Iniesta, quien ha explicado en rueda de prensa que en el texto se recogen algunos aspectos importantes como la obligatoriedad de realizar pruebas para los nuevos taxistas que quieran obtener el permiso municipal, "una prueba de conocimientos mínimos".

En lo relacionado a los vehículos, la normativa establece que no podrán tener más de doce años de antigüedad ni podrán emitir 160 g/km de CO2. Así como que los taxis contarán con un mínimo de cinco plazas y un máximo de siete.

Sobre el método de pago del servicio, los usuarios podrán utilizar como máximo un billete de 20 euros. Además, la ordenanza establece un plazo máximo de dos años para que todos los taxis cuenten con mecanismos para el pago con tarjeta de crédito.

Por su parte, el taxista podrá requerir el pago anticipado o una cantidad a cuenta "sólo en casos excepcionales". Todos los taxis estarán obligados a llevar a bordo las tarifas, también en sistema Braille, así como las hojas de reclamaciones.

El Ayuntamiento ha retirado de la ordenanza definitiva la posibilidad de creación de licencias temporales, por consenso con todas las asociaciones de taxi, consumidores y otras.

La nueva ordenanza, que entrará en funcionamiento en breve tras su publicación en BORM, establece un régimen de sanciones, tipificando las infracciones como leves (con multas de 100 a 400 euros), graves (401 a 1.000 euros) o muy graves (1.001 a 4.001 euros), con la posible retirada del permiso municipal de entre uno o seis meses, dependiendo de la infracción.

NOVEDADES

Los conductores de vehículos autotaxi no podrán negarse a prestar servicio salvo que sean requeridos para transportar un número de personas superior al de plazas autorizadas para el vehículo o se haya de sobrepasar su masa máxima autorizada o que alguno de los demandantes del servicio se halle en estado de manifiesta embriaguez o intoxicación por estupefacientes.

Por primera vez se ha establecido un código de derechos y obligaciones tanto del taxista como del usuario y un régimen sancionador riguroso para los infractores. A petición de las asociaciones mayoritarias, las sanciones, además de la multa económica, pueden conllevar la suspensión temporal de la licencia.

Así, los usuarios del servicio de taxi tienen derecho a que el conductor recoja el equipaje, lo coloque en el maletero del vehículo y se lo entregue a la finalización del servicio, a pie del vehículo, siempre que no exceda de 30 Kg, recibir el servicio con vehículos que dispongan de las condiciones adecuadas en cuanto a higiene y estado de conservación, tanto exterior como interior o solicitar que se suba o baje el volumen de la radio y otros aparatos de imagen y sonido que pudieran estar instalados en el vehículo, o que se apaguen los mismos, salvo aquellos necesarios para la prestación del servicio.

Por su parte, los conductores de los vehículos autotaxi están obligados a ayudar a subir y bajar del vehículo a los viajeros que lo necesiten por razones de edad, discapacidad o estado de salud, cuidar su aspecto e higiene personal y vestir adecuadamente durante la prestación del servicio, quedando prohibida la utilización de prendas de baño y calzado que no sea cerrado, así como los pantalones cortos o tipo 3/4 y las camisetas sin mangas.

En caso de pérdida de pertenencias en el vehículo y si no pueden devolverlas en el acto, deberán depositarlas en la Oficina de Objetos Perdidos, o en los cuarteles de la Policía Local de Murcia, en el plazo de 48 horas.

Por último, la nueva ordenanza establece un régimen de sanciones, tipificando las infracciones como leves, graves y muy graves. Entre otras, se considera infracción leve la no entrega del recibo o factura del servicio prestado a los usuarios, si éstos lo solicitasen o entregarles un recibo o factura que no cumpla con los requisitos establecidos.

Serán constitutivos de infracciones graves, no seguir el itinerario señalado por el viajero para llegar al destino o seguir uno que suponga recorrer mayores distancias innecesariamente o poner en marcha el taxímetro con anterioridad en lo indicado en la ordenanza.

Por último, serán constitutivas de infracciones muy graves abandonar al viajero sin prestar o no terminar de prestar el servicio para el que fue requerido, sin causa justificada, prestar el servicio bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas u otras sustancias que produzcan efectos análogos, apropiarse de los objetos olvidados por los usuarios en el interior del autotaxi o negarse a prestar auxilio a heridos o accidentados.

Las infracciones leves se sancionarán con multas de 100 a 400 euros, así como con la posible retirada del permiso municipal de hasta un mes; las graves se sancionarán con multas de 401 a 1000 euros, así como con la posible retirada del permiso municipal de hasta tres meses y las muy graves se sancionarán con multas de 1001 a 4001 euros así como con la posible retirada del permiso municipal de hasta seis meses.

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