El TSJN confirma una sentencia que obliga al Ayuntamiento de Basaburúa a colocar la bandera de Navarra

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado una sentencia de primera instancia que obliga al Ayuntamiento de Basaburúa a colocar la bandera de Navarra en su fachada y a retirar la bandera 'arco iris'.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado una sentencia de primera instancia que obliga al Ayuntamiento de Basaburúa a colocar la bandera de Navarra en su fachada y a retirar la bandera 'arco iris'.

El TSJN ha desestimado así el recurso interpuesto por el Ayuntamiento contra una sentencia previa del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona.

El proceso judicial se inició en 2013, después de que en el mes de junio el Gobierno de Navarra constatara que no ondeaba la bandera de Navarra y que se había colocada la 'arco iris' en la fachada del Ayuntamiento, por lo que posteriormente decidió recurrir esta situación ante los tribunales.

En un primer momento, el Juzgado archivó la causa puesto que el Ayuntamiento explicó que ya había colocado la bandera oficial de Navarra. Sin embargo, el TSJN le obligó a continuar con el proceso judicial, tras lo que condenó formalmente al Ayuntamiento a la colocación de la bandera.

El Ayuntamiento recurrió esta sentencia alegando que ya había colocado la bandera de Navarra y que la 'arco iris' estaba colocada en una vivienda de propiedad municipal pero arrendada a un particular.

El TSJN desestima el recurso y dice que, de acuerdo con la legalidad vigente - ley foral de símbolos- "todas las entidades que componen la Administración local de Navarra están obligadas a exhibir la bandera de Navarra en el exterior de su sede, pudiendo únicamente ondear con la oficial de cada entidad local en los edificios municipales, con exclusión de cualquier otra", las banderas de Navarra, España y Europa.

Así, en cuanto a la bandera 'arco iris', la sentencia añade que el balcón en el que se había exhibido estaba en el edificio municipal, "siendo irrelevante que se haya ubicado en un balcón de la vivienda arrendada a un particular". "El balcón está en el edificio municipal y el Ayuntamiento está obligado a hacer respetar la legalidad vigente", ha apuntado.

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