El Gobierno aprueba la ley que permitirá publicar listas de morosos y defraudadores

  • La nueva norma ha sido aprobada en el Consejo de Ministros.
  • La lista de deudores, está compuesta por aquellos contribuyentes que el próximo 31 de julio deban a la Hacienda pública más de un millón de euros.
  • La de defraudadores refleja las sentencias condenatorias firmes de los delitos contra la Hacienda pública que se confirmen tras la entrada en vigor.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
Angel Díaz / EFE
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

La reforma de la Ley General Tributaria, aprobada este viernes por el Consejo de Ministros, prevé la publicación de una lista de deudores con la administración, así como parte del contenido de sentencias condenatorias firmes de delitos contra la Hacienda pública.

La publicación de estas sentencias, por recomendación del Consejo de Estado, queda recogida en el anteproyecto de ley orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal, que ha analizado el Consejo de Ministros y que complementa a la ley tributaria.

La publicación de las sentencias no será completa, sino de alcance proporcionado, únicamente en aquellos aspectos que son "estrictamente necesarios", según ha informado el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

Montoro ha destacado que los objetivos de la reforma de la ley son potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica de las normas tributarias.

Ha señalado que "por motivos de interés general y para luchar contra el fraude fiscal", se autoriza la publicación de listados de obligados tributarios con deudas y sanciones pendientes superiores a un millón de euros, a fecha de 31 de julio de 2015, que no hubieran sido pagadas en el plazo de ingreso voluntario, salvo que se encuentren aplazadas o suspendidas. Los afectados tendrán un trámite de alegaciones con carácter previo a la publicación de la lista y Hacienda podrá rectificar el listado antes de la publicación definitiva.

La primera lista de deudores se conocerá el cuarto trimestre de este año y posteriormente en el primer semestre de cada año natural se publicará un listado con aquellos que estén en dicha circunstancia el 31 de diciembre del año previo.

La ley contempla la ampliación de las potestades de comprobación e investigación, regulando el derecho a comprobar las obligaciones tributarias en el caso de ejercicios prescritos, siempre que sea preciso en relación con obligaciones de ejercicios no prescritos. Se fija un plazo de 10 años para la comprobación de bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación o deducciones aplicadas o pendientes de aplicar.

Montoro ha destacado que otra novedad es la inclusión en la ley de una norma "antiabuso", una nueva infracción tributaria grave con el fin de profundizar en la lucha contra los comportamientos más sofisticados de fraude fiscal o estructuras artificiosas, dirigidas únicamente a obtener ahorros fiscales abusando de lo dispuesto por las normas tributarias.

El ministro ha indicado que se podrá sancionar la obtención de un ahorro fiscal mediante actos que ya han sido declarados por la Administración como de conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

Con el objetivo de incrementar la seguridad jurídica, se fijan nuevos plazos para el procedimiento de inspección y se simplifica el cómputo del plazo, extendiendo el actual, 12 meses, prorrogable por otros 12. También se aprueban medidas para agilizar la actuación de los Tribunales Económico-Administrativos y reducir la litigiosidad, promoviendo el uso de medios electrónicos en todas las fases del procedimiento y mejorando la regulación de los procedimientos. Con el fin de reducir la conflictividad se amplía la facultad de los órganos de la Administración tributaria para dictar disposiciones interpretativas o aclaratorias con carácter vinculante.

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