Educación crea comisiones provinciales de comedor escolar para mejorar el funcionamiento de este servicio

La Consejería de Educación ha anunciado la creación y regulación de comisiones provinciales de comedor escolar en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León cuyo principal objetivo será contribuir a la mejora en el funcionamiento de este servicio de comedor.
Línea fría, cocina, comedor escolar, Serunión Málaga
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EUROPA PRESS
Línea fría, cocina, comedor escolar, Serunión Málaga

La Consejería de Educación ha anunciado la creación y regulación de comisiones provinciales de comedor escolar en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León cuyo principal objetivo será contribuir a la mejora en el funcionamiento de este servicio de comedor.

Según publica el Boletín Oficial de Castilla y León en su edición de este miércoles, 15 de abril, tras más de seis años desde que se inició la gestión de los comedores escolares por contrato de gestión de servicio público y considerando que el ámbito territorial de la contratación ha sido la provincia se considera "conveniente" para mejorar en el funcionamiento la creación de las comisiones provinciales de comedor escolar.

Estas comisiones funcionarán como órgano de participación de los agentes con intereses directos en este servicio público y contará con presencia de familias, administración educativa y empresas concesionarias encargadas de la gestión.

Así, las comisiones provinciales de comedor escolar tienen como objetivos la mejora de la calidad del servicio público de comedor y el acercamiento de su gestión a los usuarios mediante la creación de un foro que favorezca la participación de los diferentes sectores implicados en el desarrollo del servicio.

En concreto, corresponde a estas comisiones provinciales realizar el seguimiento y la supervisión del funcionamiento de los comedores escolares y proponer soluciones a los problemas detectados en el funcionamiento y el análisis y evaluación de las medidas adoptadas por la Administración educativa.

Otras de sus funciones serán informar a los directores de los centros con comedor escolar de las cuestiones debatidas en el seno de las comisiones y que les afecten directamente, formular propuestas de mejora en la gestión de los comedores escolares y participar en la elaboración de encuestas y otros los mecanismos que permitan valorar el grado de satisfacción de los usuarios del comedor escolar y de sus familias y analizar sus resultados.

Las comisiones provinciales de comedor escolar estarán integradas por el presidente y los vocales y los miembros de las comisiones provinciales serán nombrados por periodos de dos cursos escolares.

En concreto, el presidente será el titular de la dirección provincial de educación correspondiente, en tanto que responsable de la gestión del servicio público de comedor escolar en el ámbito provincial, y ejercerá la dirección, coordinación y representación de la comisión.

Por su parte, los vocales de cada comisión provincial de comedor escolar serán un representante de la dirección provincial de educación que actuará como secretario con voz y voto, dos representantes de la empresa o empresas concesionarias del contrato de gestión de servicio público de comedor escolar en la provincia y dos representantes de las federaciones de asociaciones de madres y padres de centros docentes públicos no universitarios cuyo ámbito de actuación sea provincial en proporción a su representatividad.

En el ejercicio de sus funciones los miembros de las comisiones provinciales podrán acceder al comedor escolar en horario de prestación del servicio salvaguardando, con carácter prioritario, el correcto desarrollo y funcionamiento del servicio. Las visitas a los comedores serán acordadas en el seno de la comisión y se comunicarán con 48 horas de antelación al director del centro y a la empresa concesionaria.

Las comisiones provinciales de comedor escolar se reunirán con carácter ordinario, con periodicidad trimestral durante el curso escolar, y extraordinario, cuando así lo solicite la mitad de sus miembros. Además, cada curso escolar deberá celebrarse una reunión en el mes de septiembre con la finalidad de establecer las bases de funcionamiento de cada comisión provincial durante el curso escolar.

Según consta en esta orden, podrán asistir a las reuniones de las comisiones tanto ordinarias como extraordinarias, en condición de invitados, directores de centros docentes así como cualquier otra persona con conocimiento sobre el asunto o asuntos a los que sea invitado a debatir.

La asistencia de los invitados deberá ser propuesta con, al menos, una semana de antelación a la fecha de celebración de la reunión y corresponderá al presidente su aceptación, quien, en su caso, deberá motivar por escrito la no aceptación de la invitación propuesta.

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