El Ayuntamiento de Sijena (Huesca) pedirá la ejecución provisional de la sentencia que obliga a devolver los bienes

El Ayuntamiento de Villanueva de Sijena (Huesca) solicitará a la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Huesca, Carmen Aznar, la ejecución provisional de la sentencia hecha pública este miércoles, que declara nula la venta a la Generalitat de Cataluña de los 97 bienes culturales del Real Monasterio de esta localidad mediante varios contratos realizados en los años 80 y 90 del siglo XX.
Monasterio de Sijena
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EUROPA PRESS
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El Ayuntamiento de Villanueva de Sijena (Huesca) solicitará a la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Huesca, Carmen Aznar, la ejecución provisional de la sentencia hecha pública este miércoles, que declara nula la venta a la Generalitat de Cataluña de los 97 bienes culturales del Real Monasterio de esta localidad mediante varios contratos realizados en los años 80 y 90 del siglo XX.

En declaraciones a Europa Press, el abogado que representa al municipio, Jorge Español, ha señalado que solicitará esta medida inmediatamente después de que la Generalitat presente un recurso de apelación y que la magistrada tiene varias opciones para hacer ejecutar su sentencia, como el secuestro judicial de los bienes, solicitando la intervención de la Guardia Civil, o iniciar un procedimiento penal por desobediencia a la autoridad judicial.

"Creemos que esa apelación no va a prosperar", ha considerado el letrado. "No me imagino a ningún magistrado español diciendo que estas ventas son lícitas porque es un Monumento Nacional", ha agregado, para afirmar que la ejecución provisional de la sentencia del juzgado oscense "es necesaria" para que estos "valiosos" bienes "no sigan ni un día más en manos de estos señores".

"Es una sentencia pionera en la historia judicial española", ha dicho Jorge Español, quien ha explicado que por primera vez se anula la venta de un tesoro artístico que forma parte de un Monumento Nacional, en el caso del Real Monasterio de Villanueva de Sijena desde 1923.

La sentencia, ha continuado Español, se fundamenta en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establece que un Monumento Nacional es indivisible "porque así lo dicen las leyes", por lo que ninguna de sus piezas se puede remover de su entorno.

La magistrada —que también es historiadora— señala, asimismo, en su sentencia, que no solo están protegidas las paredes desnudas de este Monumento Nacional, que en la normativa aragonesa es Bien de Interés Cultural (BIC), sino también "todo el exorno", incluyendo retablos, pinturas, orfebrería y otros adornos, ha expuesto Jorge Español.

El abogado ha observado que "no habría ningún problema" para depositar en el monasterio altoaragonés los bienes que ahora se exponen en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). Las piezas se colocarían en una de las salas del cenobio hasta que los expertos determinaran su ubicación exacta.

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