Publicado el decreto de disolución y convocatorias de elecciones al Parlamento de Navarra

El Boletín Oficial de Navarra ha publicado este martes los dos decretos por los que se convocan elecciones al Parlamento foral y a los concejos de la Comunidad para el próximo 24 de mayo, coincidiendo con la celebración de las elecciones municipales.
Pleno del Parlamento de Navarra.
Pleno del Parlamento de Navarra.
EP/PARLAMENTO DE NAVARRA
Pleno del Parlamento de Navarra.

El Boletín Oficial de Navarra ha publicado este martes los dos decretos por los que se convocan elecciones al Parlamento foral y a los concejos de la Comunidad para el próximo 24 de mayo, coincidiendo con la celebración de las elecciones municipales.

El decreto foral por el que se disuelve el Parlamento y se convocan elecciones fija también el comienzo y final de la campaña electoral, que tendrá una duración de quince días, del 8 al 22 de mayo, a las cero horas, y la fecha de la sesión constitutiva del Parlamento, que será el 17 de junio a las 11 horas.

La elecciones al Legislativo se regulan por la ley foral 16/1986, de 17 de noviembre. Se eligen 50 parlamentarios en una circunscripción única, que se presentan en listas cerradas y bloqueadas y los escaños se reparten en función del voto ciudadano por un sistema proporcional corregido por la ley D'Hondt.

El Parlamento elige a su presidente y a la Mesa que habrá de gobernar la institución en los próximos cuatro años, lo que tendrá lugar en la sesión constitutiva del 17 de junio.

A partir de esa fecha, se inicia el procedimiento de presentación y, en su caso, elección del futuro presidente de la Comunidad foral, que es elegido por el Parlamento de entre sus miembros y nombrado por el Rey.

En concreto, dentro de los 10 días siguientes a la constitución de la Cámara, su presidente ha de consultar con los portavoces designados por los partidos o grupos políticos con representación parlamentaria y proponer un candidato, convocando a una sesión plenaria con al menos 3 días de antelación.

La sesión de investidura comienza con la comunicación de la propuesta por el presidente. A continuación el candidato expone sin ninguna limitación de tiempo su programa político. Cada grupo parlamentario, de mayor a menor, puede intervenir por 30 minutos; el grupo mixto, que es el último en intervenir, puede distribuir su tiempo entre sus miembros. El candidato puede contestar a los grupos las veces que desee, en forma individual o globalmente, generando el correspondiente derecho de réplica de los grupos por el tiempo que determine la Presidencia de la Cámara.

La votación, secreta mediante papeletas, se lleva a efecto a la hora previamente fijada por la Presidencia. Si el candidato obtiene mayoría absoluta se entiende otorgada la confianza; en caso contrario se celebra una segunda votación 24 horas después y en este caso la confianza sólo requiere mayoría simple.

Otorgada la confianza, el presidente del Parlamento lo comunica al Rey para que proceda al nombramiento como presidente del Gobierno de Navarra mediante Real Decreto que se publica en el BOE y en el BON. Dentro de los 10 días naturales siguientes a esta última publicación el presidente electo toma posesión de su cargo prestando juramento o promesa ante el Presidente del Parlamento.

Si el candidato queda rechazado se deben tramitar las sucesivas propuestas de candidato en la misma forma. Si transcurrido el plazo de tres meses desde la celebración de las elecciones al Parlamento de Navarra no se presentara ningún candidato o ninguno de los presentados hubiera sido elegido, el Parlamento quedará disuelto, convocándose de inmediato nuevas elecciones. El nuevo Parlamento que resulte de la convocatoria electoral tendrá un mandato completo por un periodo de cuatro años.

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