"¿Tengo que pagar las obras del ascensor?"

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Vivo en un bajo, por lo que no me interesa poner el ascensor, que se ha aprobado por mayoría. ¿Tengo que pagarlo?

Según la Ley de Propiedad Horizontal, el establecimiento del ascensor requerirá el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios. Si las obras tienen por fin suprimir barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con minusvalía, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios. Los acuerdos adoptados según lo dispuesto en esta norma obligan a todos los propietarios, incluidos los disidentes.

Voy a comprar un piso con trastero, pero en las escrituras no aparece. El vendedor dice que es un regalo personal que le hizo el constructor. ¿Esto es legal?

Si en la escritura no figura el trastero como anejo inseparable y propiedad del piso, debemos entender que ese espacio tiene la consideración de elemento común del edificio. Entonces sería necesario desafectar la zona para poderla adquirir como parte de la propiedad. Para ello será necesaria la adopción del acuerdo con el voto favorable de la unanimidad de los propietarios.

Mi vecino de arriba ha convertido en baño una habitación y ahora tengo todo el techo con humedades. ¿Qué hago?

Según la ley, al propietario de un piso o local no le está permitido realizar actividades molestas o insalubres para la finca. Si, tras ser apercibido por el presidente o por cualquier propietario, el causante de las molestias persiste en su actitud, la comunidad puede adoptar el acuerdo de iniciar las acciones judiciales pertinentes con el objetivo de que cesen dichas actividades molestas.

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