Junta regula el reconocimiento excepcional de fiestas con material pirotécnico no previsto por norma europea

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el decreto que regula el procedimiento para el reconocimiento excepcional de fiestas populares de la comunidad autónoma, de carácter tradicional o cultural, en las que se usan artificios pirotécnicos excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva europea 2007/2003 sobre condiciones, composición y uso de este tipo de material. El texto regula también la formación de las personas encargadas de la manipulación de los productos con total garantía de seguridad y protección de la salud.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el decreto que regula el procedimiento para el reconocimiento excepcional de fiestas populares de la comunidad autónoma, de carácter tradicional o cultural, en las que se usan artificios pirotécnicos excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva europea 2007/2003 sobre condiciones, composición y uso de este tipo de material. El texto regula también la formación de las personas encargadas de la manipulación de los productos con total garantía de seguridad y protección de la salud.

Actualmente existen tres municipios andaluces donde concurren estas circunstancias. Se trata de la localidad granadina de Cúllar Vega, donde se celebra la festividad del Niño Resucitado, y las poblaciones almerienses de Olula del Río (San Sebastián y San Ildefonso, Roscos y Carretillas) y Cantoria (San Antón Las Carretillas).

De acuerdo con el decreto, la administración autonómica es la responsable del reconocimiento de estas manifestaciones festivas, así como de organizar las actividades formativas. No obstante, tanto la autorización como el control del desarrollo de la fiesta correrá a cargo del municipio donde se celebre.

El procedimiento administrativo de reconocimiento se efectuará de oficio o a instancia de los ayuntamientos. En este último caso, la corporación interesada deberá especificar en una disposición si en la celebración festiva se permite la participación de menores de edad.

En cuanto a la formación obligatoria de los participantes en el manejo del material pirotécnico, la norma especifica que estos deberán pertenecer a algún grupo de consumidores reconocidos como expertos. Los cursos se impartirán a través de estos grupos y también de otras entidades como asociaciones empresariales o culturales.

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