Condenados dos hombres que portaban en su organismo cerca de 200 bellotas de hachís para su venta

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a A.M. y R.L., de 27 y 25 años respectivamente, a un año de prisión cada uno por un delito contra la salud pública después de que se hallaran en sus organismos cerca de 200 bellotas de hachís que previamente habían ingerido.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a A.M. y R.L., de 27 y 25 años respectivamente, a un año de prisión cada uno por un delito contra la salud pública después de que se hallaran en sus organismos cerca de 200 bellotas de hachís que previamente habían ingerido.

Según recoge el fallo, consultado por Europa Press, ambos acusados de nacionalidad marroquí y con domicilio en Albacete, fueron condenados además al pago de una multa de 10.000 euros y dos meses de responsabilidad personal subsidiaria.

Los hechos tuvieron lugar el 4 de septiembre de 2013 poco antes del mediodía cuando ambos acusados transitaban por la Plaza de la Marina de la capital y fueron interceptados por agentes de la Policía Nacional, quienes sospecharon que ambos jóvenes pudiera transportar estupefacientes.

Ante esto, los hombres fueron detenidos y trasladados hasta el Hospital Torrecárdenas de la capital, donde se les practicaron las correspondientes pruebas radiológicas. Así, se descubrió que A.M. llevaba en su interior 99 bellotas de hachís mientras que su compañero había ingerido hasta 94 trozos de esta droga.

El estupefaciente intervenido arrojó en conjunto un peso final de 1,7 kilos que habría alcanzado un valor en el mercado ilícito de unos 9.400 euros. En un registro superficial, también se halló a uno de los detenidos 245 euros en un bolsillo.

Ante esta situación, ambos acusados permanecieron detenidos tres días en dependencias policiales, con lo que posteriormente se decretó su ingreso en prisión provisional de la que salieron tres meses después previo pago de una fianza. La sentencia dictada de conformidad por el magistrado Manuel José Rey recoge una suspensión de la pena de dos años en caso de que ambos acusados no vuelvan a delinquir durante ese periodo.

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