Eliminar las cláusulas suelo puede afectar a las declaraciones de la renta ya presentadas

  • Los pagos por cláusula suelo han podido tener transcendencia tributaria.
  • Ya que el contribuyente los habrá incorporado en su declaración de IRPF como parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual.
  • El Supremo aclaró que la banca devolverá lo cobrado de más desde mayo 2013.
  • Esa devolución puede cambiar la base de deducción por vivienda habitual.
Formulario de la declaración de la renta.
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Formulario de la declaración de la renta.

El pasado mes de febrero, el Tribunal Supremo matizó su dictamen sobre las cláusulas suelo. Aclaró que la banca solo deberá devolver las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo declaradas abusivas a partir del 9 de mayo de 2013, fecha en la que anuló aquellas que no cumplieran con los criterios de transparencia.

Hace casi dos años, el Supremo declaró que las cláusulas suelo son "lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor" identificarlas "como definidoras del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos”. En suma, que hoy un cliente que haya tenido clausula suelo en su hipoteca puede lograr su anulación y el resarcimiento parcial o total de los importes satisfechos indebidamente.

Pero, esa devolución de cantidades puede tener consecuencias. Desde el bufete de abogados Sanahuja Miranda, se recuerda que a efectos fiscales, y más concretamente a efectos del IRPF, los pagos efectuados en concepto de una cláusula suelo han podido tener transcendencia tributaria, en la medida en que el contribuyente los haya incorporado en su declaración de IRPF como parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual.

De tal manera, que los abogados consideran conveniente analizar el posible impacto fiscal que derivaría del cobro de los importes pagados por la anulación de una cláusula suelo, dado que dicho cobro o reintegro puede modificar la base de deducción por vivienda habitual declarada en el IRPF de los ejercicios anteriores no prescritos.

De esa manera, según Sanahuja Miranda, puede verse alterada tanto la cantidad deducida en concepto de inversión en vivienda habitual como el resultado de la declaración de IRPF, lo que podría derivar en una contingencia fiscal por dicho impuesto. Dado que la casuística es múltiple y variada, conviene hacer un análisis de todo ello, pero caso por caso. Tras el conveniente asesoramiento fiscal, tal vez convenga adoptar actuaciones legales.

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