El abogado de la Catedral ve "fundamentada" la sentencia por el robo del Códice y cree que "recoge" su planteamiento

El abogado de la Catedral de Santiago, José Antonio Montero, ha asegurado que la sentencia que condena a José Manuel Fernández Castiñeiras a 10 años de prisión por la sustracción del Códice Calixtino y de dinero de la basílica compostelana está "muy bien fundamentada" y ha considerado que "recoge en lo básico" sus planteamientos como acusación particular.

El abogado de la Catedral de Santiago, José Antonio Montero, ha asegurado que la sentencia que condena a José Manuel Fernández Castiñeiras a 10 años de prisión por la sustracción del Códice Calixtino y de dinero de la basílica compostelana está "muy bien fundamentada" y ha considerado que "recoge en lo básico" sus planteamientos como acusación particular.

En declaraciones a Europa Press tras conocer este mediodía la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, Montero ha elogiado un auto que califica de "estudiado", "muy claro" y "muy fundamentado jurídicamente".

En este sentido, considera que la argumentación del auto "se acomoda a la realidad de los hechos" y "recoge en lo básico" los planteamientos de su acusación, por lo que se ha mostrado conforme con la pena tanto para Fernández Castiñeiras como para su mujer.

En su informe final, en el que mantuvo las peticiones iniciales de condena, el letrado ya planteó sus "dudas con respecto a las acusaciones tanto de la mujer como del hijo" de Castiñeiras, ha recordado este miércoles, por lo que también se ha mostrado conforme a la absolución del hijo del exelectricista y la condena de seis meses para la mujer.

Puntos discrepantes

En los puntos discrepantes, José Antonio Montero ha recordado que la sentencia no reconoce los "delitos contra la intimidad" del exdeán, José María Díaz, que pedía la acusación. Sobre esta cuestión, el letrado ha indicado que el exdeán "no reconoció" en el acto de juicio las cartas personales, aunque en su opinión sí existió vulneración de la intimidad.

Asimismo, el tribunal "no aprecia abuso de confianza", que si considera que existió la acusación, aunque esto es "una cuestión de valoración técnica". También en el ámbito de la "interpretación" sitúa Montero la calificación de la sustracción del Códice como hurto, que la acusación considera "robo". "El tribunal entiende que no está al 100 por cien acreditado que la puerta estuviese abierta o cerrada", ha explicado.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento