Talavera (Toledo) acogerá la instalación de Mesas Administradas Electrónicamente de cara a los comicios del 24 de mayo

El Ministerio del Interior y la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas han suscrito un convenio de colaboración en materia de gestión electoral con motivo de las elecciones que se celebren el día 24 de mayo que, entre otras cosas, establece la instalación de Mesas Administradas Electrónicamente (MAEs) en la ciudad de Talavera de la Reina (Toledo).
PAPELETAS , VOTO , CABINA , ELECCIONES
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EUROPA PRESS
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El Ministerio del Interior y la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas han suscrito un convenio de colaboración en materia de gestión electoral con motivo de las elecciones que se celebren el día 24 de mayo que, entre otras cosas, establece la instalación de Mesas Administradas Electrónicamente (MAEs) en la ciudad de Talavera de la Reina (Toledo).

Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press, el Ministerio del Interior exigirá que en las ofertas que se presenten para el contrato de difusión de resultados del escrutinio provisional, los licitadores especifiquen el coste unitario del MAE en funcionamiento en la Mesa electoral, que será, como máximo, el mismo que se oferte a la Comunidad Autónoma.

El Ministerio del Interior indicará al adjudicatario del contrato de difusión de resultados provisionales que deberá suministrar e instalar el 50% de las MAEs en la ciudad de Talavera de la Reina.

Igualmente, la Comunidad Autónoma indicará al adjudicatario del contrato de difusión de resultados provisionales, en el caso que resultase ser el mismo que el adjudicatario en las elecciones locales, que deberá suministrar e instalar el otro 50% de las MAEs en la ciudad de Talavera de la Reina.

Material electoral

El Ministerio del Interior adquirirá y prestará las urnas necesarias para el proceso autonómico, previa solicitud de la Comunidad Autónoma. Esta solicitud deberá incorporar una previsión de necesidades y habrá de comunicarse directamente a la Delegación del Gobierno. El Ministerio del Interior suministrará cabinas y soportes señalizadores de locales, cuyo uso es común.

De igual modo, la fabricación y distribución del material electoral impreso común a los procesos concurrentes, es asumida por el Ministerio del Interior, que también asumirá la elaboración, fabricación y distribución de un Manual de Instrucciones para los miembros de las Mesas Electorales. Será la Delegación del Gobierno la que coordinará con la Comunidad Autónoma la distribución del material electoral.

El Ministerio del Interior asumirá el coste de las campañas institucionales de las elecciones, cuando su contenido sea de común aplicación. Además, el Ministerio del Interior cede estas campañas institucionales para su adaptación y difusión por la Comunidad Autónoma, siempre que la adaptación que realice la Comunidad Autónoma haga referencia también a las elecciones locales y mantenga el logo del Ministerio del Interior.

El convenio también establece que si los ayuntamientos no pueden dotar de medios a las Juntas Electorales de Zona el Ministerio del Interior asumirá el coste de los medios complementarios necesarios. En el caso de las Juntas Electorales Provinciales, será la Comunidad Autónoma la que asumirá el coste y el de los medios complementarios necesarios.

De igual modo, Ministerio y comunidad han acordado que el representante de la Administración será único y que su designación deberá ser consensuada entre el Delegado/Subdelegado del Gobierno, preferentemente, entre empleados públicos, tomando como referencia los representantes de la Administración que fueron formados, y que participaron como tales, en las Elecciones al Parlamento Europeo 2014. Su retribución correrá a cargo de ambas Administraciones al 50% o, al menos, de manera equitativa.

FORMACIÓN

La Comunidad Autónoma se compromete a colaborar con la Delegación del Gobierno en la organización de las sesiones de formación necesarias para los representantes de la Administración.

El Ministerio del Interior incluirá en los pliegos de licitación del contrato de servicios para la difusión de los resultados del escrutinio provisional de las Elecciones Locales, una previsión que establezca que, dada la concurrencia con el proceso electoral autonómico, en el caso de que el adjudicatario del contrato de difusión de resultados provisionales del proceso autonómico resultare ser el mismo que el adjudicatario en las elecciones locales, éste hará uso de todas aquellas infraestructuras y sistemas de comunicación que se hayan establecido como consecuencia del contrato relativo a las Elecciones Locales y que puedan ser de uso común en ambos procesos electorales.

El Ministerio del Interior exigirá al adjudicatario que transmita la información de las Elecciones Locales al Centro Nacional de Difusión de Datos del Ministerio del Interior y, simultánea y paralelamente, la información de las elecciones gestionadas por la Comunidad Autónoma para su difusión.

Con el objeto de contribuir a la obligación que corresponde a la Comunidad Autónoma de garantizar la gratuidad del voto de los electores residentes en el extranjero, el Ministerio del Interior instará al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación la apertura de apartados de correos específicos que permitan el franqueo en destino para estos electores, de modo que no deban adelantar pago alguno por el envío de su voto a la Oficina o sección consular.

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