Dos años para el instalador de la caldera que explotó e hirió de gravedad a un matrimonio

Las partes han alcanzado un acuerdo sobre la responsabilidad penal del acusado, que ha reconocido los hechos, no así sobre la indemnización
Juicio contra el instalador de una caldera que explotó e hirió a un matrimonio
Juicio contra el instalador de una caldera que explotó e hirió a un matrimonio
EUROPA PRESS
Juicio contra el instalador de una caldera que explotó e hirió a un matrimonio

El Juzgado de lo Penal Número 1 de Santander ha condenado a dos años de prisión al fontanero que instaló la caldera que explotó en 2008 en una vivienda en Salces (Campoo de Suso), provocando heridas de gravedad el matrimonio que residía en ella, tras alcanzar un acuerdo las partes implicadas sobre la responsabilidad penal, no así sobre la indemnización a los afectados, que será lo que se dirima en el juicio que se está celebrando este jueves.

El acusado, con iniciales J.C.C., ha reconocido su responsabilidad en los hechos, por los que ha sido condenado por dos delitos de lesiones por imprudencia y uno de daños. Tras el acuerdo, aceptado por la jueza, se le imponen dos años de prisión, uno menos de los que reclamaba la representación de las víctimas en su escrito de acusación provisional. Y en la imposición de la pena, se aplica la atenuante de dilaciones indebidas "muy cualificadas".

La jueza ha aceptado el acuerdo, no sin antes manifestar que lo acepta ante el "empecinamiento" de las partes y por no dilatar más el proceso —la explosión ocurrió el 19 de enero de 2008— aunque "no está conforme" y por ella celebraría el juicio sobre la responsabilidad penal, no sólo sobre la civil.

Los hechos

La explosión se produjo el 19 de enero de 2008 y se originó en el depósito-caldera del agua para calefacción "por una instalación incorrecta y defectuosa de la misma" porque faltaban los "debidos dispositivos de expansión y seguridad", según señalaba el escrito de la acusación particular.

La instalación inicial (una "calefacción al uso de la época") la colocó el acusado en 1998 y éste mismo la modificó a comienzos de 2003 para añadir una paila en el hogar de leña existente, situada en la sala inmediatamente superior a la que está la caldera para aprovechar la fuente de calor de la chimenea para calentar los radiadores.

Para modificar la instalación preexistente, se enlazaron los tubos de entrada y salida de agua de la caldera con los antiguos circuitos de calefacción, "respetando el sentido de circulación de la bomba que había" y sin modificarse los sistemas preexistentes de alivio de la sobrepresión, ni los diámetros de las tuberías. El día en que ocurrieron los hechos, estando la familia en la vivienda, se produjo un aumento de la presión del circuito queprovocó que explotara por la "deficiente instalación de la paila".

Como consecuencia, la mujer sufrió "graves lesiones físicas y psíquicas", que, según el escrito de acusación, tardaron en sanarse 565 días, de los cuales 38 fueron de hospitalización y 527 estuvo impedida para sus labores habituales. Sufrió la "amputación traumática" de ambas piernas, cicatrices de quemaduras, trastorno depresivo reactivo y graves secuelas estéticas, además de una incapacidad permanente absoluta y requiere asistencia para sus quehaceres habituales.

En la casa también se encontraba su marido, que sufrió también "graves lesiones físicas y psíquicas". Tardaron en curar 120 días, durante los que estuvo impedido de sus labores habituales. Además, padeció un trastorno depresivo y un trastorno neurótico por estrés postraumático que han desembocado en su posterior incapacidad laboral.

La explosión también produjo daños materiales tasados pericialmente en 91.000 euros . La vivienda fue reparada por la aseguradora de las víctimas, pero no así el contenido.

PENAS

La acusación particular pedía como responsabilidad civil más de un millón de euros para la mujer y de 125.000 para el marido por las lesiones y secuelas. También pide por los daños en la vivienda y en su contenido 134.000 euros, de los que 91.000 serán para la aseguradora de la víctima.

Además, señala cómo responsable directo a la aseguradora y reclama que ésta pague solidariamente con el acusado la indemnización, algo a lo que se opone la compañía.

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