Fiscalía descarta solicitar el ingreso en prisión provisional de los condenados por el caso Iniosa

La Fiscalía descarta solicitar el ingreso en prisión provisional de los acusados que han resultado condenados en la sentencia, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén, por el conocido como 'caso Iniosa', una medida que podría solicitar para garantizar el paso a la cárcel de los procesados mientras la sentencia adquiere firmeza, algo que no ocurre aún ya que se puede recurrir en casación.

La Fiscalía descarta solicitar el ingreso en prisión provisional de los acusados que han resultado condenados en la sentencia, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén, por el conocido como 'caso Iniosa', una medida que podría solicitar para garantizar el paso a la cárcel de los procesados mientras la sentencia adquiere firmeza, algo que no ocurre aún ya que se puede recurrir en casación.

El fiscal jefe de Jaén, Carlos Rueda, ha explicado a Europa Press que "no hay motivos" para solicitar el ingreso en prisión provisional de los condenados al no apreciarse "riesgo de fuga" por parte de éstos, que "no han intentado" evadirse de la acción de la Justicia en los aproximadamente diez años en los que se ha prolongado este caso.

De esta manera, "no hay motivos suficientes" para solicitar esa medida en tanto que la sentencia se hace firme porque no ha habido antecedentes de intentos de fuga y desde el Ministerio Público se cuestiona que tras el dictado de la sentencia se puedan producir éstos.

Asimismo, y aunque aún hay plazo para ello, la Fiscalía no tiene previsto recurrir en casación la sentencia de la Audiencia Provincial, algo que, en todo caso, por parte del Ministerio Público tendría que hacerse desde Madrid, según ha explicado el fiscal jefe, que ha remarcado que a la Fiscalía le resulta "mucho más difícil", por cuestiones jurídicas, recurrir la sentencia que a las defensas de los acusados.

Como se recordará, la sentencia del caso Iniosa se ha saldado con condenas de cárcel para doce de las 18 personas que inicialmente fueron procesadas por este asunto, y con la absolución de los seis restantes. En concreto, impone una condena total de cinco años, seis meses y un día de prisión para cada uno de los tres principales acusados —L.G.B., E.F.I. y M.J.B.M.— por un delito de alzamiento de bienes y otro continuado de estafa; otra de tres años, seis meses y un día para J.F.M. por un supuesto continuado de estafa, y un año de prisión para cada uno de otros ocho acusados como cooperadores necesarios de un delito de alzamiento de bienes.

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