Juez rechaza anular procesamiento de alcalde de Albox, Rogelio Mena, acusado de negar información

Alegó que el auto de apertura de juicio oral genera "graves perjuicios a sus expectativas políticas"
El alcalde de Albox, Pedro Mena (PSOE)
El alcalde de Albox, Pedro Mena (PSOE)
EUROPA PRESS/PSOE/Archivo
El alcalde de Albox, Pedro Mena (PSOE)

El juez instructor de la causa por la que el alcalde de Albox (Almería), Rogelio Mena (PSOE), se enfrenta a una petición fiscal de dos años y seis meses de inhabilitación ha rechazado suspender su procesamiento por un presunto delito contra el ejercicio de los derechos cívicos y anular la apertura de juicio oral contra él.

El auto, consultado por Europa Press, acuerda no admitir a trámite el incidente de nulidad al tiempo que remarca que el recurso de apelación que queda pendiente de resolver en la Audiencia Provincial de Almería y que esgrime no tiene carácter suspensivo ya que impugna las transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado.

El regidor, quien ha sido respaldado por la Agrupación local albojense para concurrir como candidato el próximo mes de mayo, argumenta para pedir la nulidad del procesamiento y la retroacción de actuaciones que la decisión "no estaba motivada" y que "vulneraba sus derechos de participación política".

En concreto, sostiene en su escrito ante el Juzgado de Instrucción 3 de Huércal-Overa que la apertura de juicio oral "le generará graves perjuicios a sus expectativas políticas para las próximas elecciones municipales", y que, por tanto, es "necesario esperar a que la Audiencia Provincial resuelva la impugnación en la que pide sobreseimiento libre de las actuaciones".

El juez Fernando Ruiz-Rico reprocha a la defensa de Mena que, sabiendo que el auto de apertura de juicio oral es "irrecurible", pretenda soslayar este hecho con un "incidente de nulidad de actuaciones", y concluye que la petición que hace "puede reproducirse en un momento posterior porque aún no ha recaído resolución que ponga fin al proceso".

Añade, sin "pretender entrar en el fondo", que no puede tacharse de "precipitado" el auto de apertura de juicio oral porque la apelación del auto de procedimiento abreviado "carece de efectos suspensivos" y recuerda que ante el órgano de enjuiciamiento, un juzgado de lo penal, puede reproducir esta misma petición de nulidad.

El Juzgado de Instrucción 3 de Huércal-Overa abrió en diciembre juicio oral el socialista Rogelio Mena por "impedir" presuntamente de forma "constante" la labor de oposición del PP al denegarle "sistemáticamente" diversos expedientes de contratación y facturas relativas a tres empresas incluidas en el Plan de Pago a Proveedores.

Cabe recordar que el regidor albojense solicitó a finales de noviembre la suspensión temporal de su cargo en la Ejecutiva del PSOE-A como secretario de Ideas y Programas con el objetivo, según argumentó, de evitar "la instrumentación política que se está realizando de un proceso judicial abierto por el PP". No obstante, ha sido propuesto por unanimidad para optar a la Alcaldía en mayo de 2015 ya que actualmente ostenta el cargo por la renuncia de su antecesor, el también socialista José García.

La decisión llegaba después de que el Ministerio Público formulase acusación contra Mena, a quien imputa un delito contra el ejercicio de los derechos cívicos del artículo 542 del Código Penal al estimar que su actuación "impidió la actividad fiscalizadora" ejercida por la oposición y, en concreto, por parte del portavoz del grupo 'popular' en el Ayuntamiento de Albox, Juan Pedro Pérez Quílez.

En su escrito, de 6 de noviembre, señala que el también diputado provincial habría actuado "con total conocimiento" al "denegar" los requerimientos del PP y al "impedir el acceso a dicha información una vez que Juan Pedro Pérez se personaba en el Consistorio", por lo que la Fiscalía interesa la apertura de juicio oral contra él.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Huércal-Overa ordenó procedimiento abreviado contra el regidor el pasado 24 de septiembre al considerar que existían indicios racionales de que podría haber incurrido en un delito contra las garantías constitucionales y desestimó el sobreseimiento de la causa interesado por la defensa.

El auto del juez Fernando Ruiz Rico concluía que, con su actitud, podría haber "entorpecido la transparencia de la gestión pública en el Ayuntamiento de Albox".

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