TSJCV obliga al Ayuntamiento a pagar 600.000? más por la expropiación de un solar sobre el que valoró la mitad de metros

La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha obligado al Ayuntamiento de Valencia a pagar unos 600.000 euros más por la expropiación de un solar próximo al museo fallero sobre el que valoró la mitad de metros.

La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha obligado al Ayuntamiento de Valencia a pagar unos 600.000 euros más por la expropiación de un solar próximo al museo fallero sobre el que valoró la mitad de metros.

Así consta en una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se estima el recurso interpuesto por la familia expropiada, representada por el despacho Estrems & Fuster Abogados, contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación de Valencia de 4 de julio de 2012 y se reconoce el derecho de los expropiados a recibir 897.580,74 euros por la finca.

La familia solicitó en enero de 2007 la expropiación de los terrenos de su propiedad —una parcela situada en la plaza Monteolivete esquina calle Adzaneta de Valencia— en una extensión de 351,20 m2, con lo que el Ayuntamiento inició un expediente que culminó en febrero de 2008 con la denegación de la pretensión, afirmando que la familia solo era propietaria de 170,37 m2, y que el resto eran propiedad municipal.

Tras ello, y después de acudir a la jurisdicción, se acordó la continuación del expediente de apropiación solamente sobre los 170,37 m2 ya reconocidos por el consistorio valenciano —valorados en unos 323.000 euros—, remitiendo a la jurisdicción civil la resolución de la titularidad dominical del resto de la superficie del solar.

La familia acudió a esta jurisdicción civil y consiguió en marzo de 2013 que se reconociera su titularidad por 180,83 m2 de dos fincas registrales, cuya superficie total ascendía a 351,20 m2.

La administración "obstaculizó"

Lo primero que indica el tribunal sobre este asunto es que la pretensión de la familia debe ser asumida puesto que el retraso en la valoración del solar es consecuencia "única y exclusivamente" de la acción de la Administración, "quien obstaculizó conscientemente la tramitación del expediente dando lugar a un retraso que jamás puede perjudicar" a los demandantes.

En cuanto al fondo del asunto, el TSJCV entiende que la superficie expropiada son los 351,20 m2 y no los 170,37 m2 fijados por el Jurado, "y ello no solo por razones de economía procesal, sino también por haberlo así declarado la constante doctrina del TS".

Para fijar el precio final, el tribunal se basa en una pericial de un arquitecto propuesto por los demandantes, y en otra realizada a instancia del tribunal, que concluyen un valor de los 351,20 m2 en el año 2007 de 854.362,61 euros, sin incluir el cinco por ciento de afección. "Tal pericia es razonable y razonada", asevera. En cuanto a intereses legales, el tribunal entiende que se devengan desde los seis meses de solicitar la parte la expropiación, esto es, desde el 19 de julio de 2007.

Con ello, el tribunal considera que la demanda de la familia debe ser estimada parcialmente, fijando un justiprecio en 854.362,61 euros más el cinco por ciento de la afección, lo que hace un total de 897.580,74 euros.

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