Absuelto el 'Rey de la Rondilla' de tráfico de hachís y condena de quince meses para un 'camello' de la Pilarica

El Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid ha absuelto de un delito de tráfico de hachís al joven Yassin D.B, más conocido como el 'Rey de la Rondilla', y en cambio ha impuesto una condena de quince meses de cárcel y multa de 5.000 euros a su proveedor, Mariano C.S.J, quien en noviembre de 2012 fue sorprendido cuando trataba de realizar un pase de casi 900 gramos de dicha sustancia en una pasarela peatonal del río Esgueva, en el Paseo del Cauce.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid ha absuelto de un delito de tráfico de hachís al joven Yassin D.B, más conocido como el 'Rey de la Rondilla', y en cambio ha impuesto una condena de quince meses de cárcel y multa de 5.000 euros a su proveedor, Mariano C.S.J, quien en noviembre de 2012 fue sorprendido cuando trataba de realizar un pase de casi 900 gramos de dicha sustancia en una pasarela peatonal del río Esgueva, en el Paseo del Cauce.

El joven ahora absuelto ya fue condenado el pasado mes de noviembre por la Audiencia de Valladolid a la pena de tres años y nueve meses por idéntico delito cometido en 2013, si bien dicha condena la tiene recurrida en casación ante el Tribunal Supremo y por ello se encuentra en situación de prisión provisional.

En la presente causa, el fiscal, apoyado en el testimonio de los policías, consideraba probado que ambos acusados, junto con otros dos que no fueron detenidos entonces, fueron vistos sobre las 16.45 horas del día 20 de noviembre de 2012 en una pasarela peatonal del río Esgueva mientras participaban en la transacción de una bolsa con nueve placas de hachís con un peso global cercano a los 900 gramos.

Durante el juicio, uno de los agentes identificó a Mariano C.S.J. como la persona que entregó la bolsa que contenía las placas de cannabis sativa, una de las cuales es la que Yassin D.B. arrojó al suelo tras percatarse de la presencia policial e iniciar una fuga a pie que concluyó a unos 250 metros del punto inicial.

Huellas dactilares en una bolsa

El joven Yassin, sin embargo, alegó que la droga ocupada era para su autoconsumo, como así ha estimado la juez en su fallo absolutorio, y que la había comprado para él y otros dos amigos—corroboraron su versión—tras desembolsar 250 euros aportados por los tres, mientras que el suministrador de la mercancía, Mariano C.S.J, sostuvo, sin éxito, que ese día se hallaba en Toledo acompañando a su hermana, quien permanecía hospitalizada tras haber sufrido un accidente de tráfico y quedar tetrapléjica.

El ahora condenado, vecino del barrio de La Pilarica, aportó el certificado del hospital que acredita su estancia en la ciudad castellano-manchega, y calificó de "inexplicable" el hecho de que sus huellas dactilares fueran localizadas en la bolsa que contenía las placas de hachís.

Pese a las versiones exculpatorias de los dos acusados, el fiscal matuvo invariable su petición de pena para ambos, mientras que las defensas solicitaron un fallo absolutorio, la de Yassin, estimada por la juez, basada en el autoconsumo y la de Mariano, que no ha convencido a la juzgadora, en la no participación de éste en los hechos por encontrarse ese día fuera de la capital vallisoletana.

Entre los argumentos esgrimidos para justificar la absolución de Yassin, la juez recuerda la condición de éste de adicto al cannabis, acreditada por la prueba del cabello, así como la incroncreción del peso exacto de la placa que le fue ocupada, más de 50 gramos pero menos de 100.

"Dicha imprecisión sólo puede operar a favor del reo, y atendiendo que la jurisprudencia fija como cantidad razonablemente destinada al consumo de hachís entorno a 50 grs, ha de concluirse que la sustancia intervenida a Yassin era de mera tenencia o autoconsumo del mismo, por lo que procede la libre absolución", concluye la juez.

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