El Gobierno canario remite al consejo consultivo la creación del Tribunal Contratos Públicos

El Gobierno de Canarias ha acordado este jueves solicitar dictamen del Consejo Consultivo sobre el proyecto de decreto para crear el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma.

El Gobierno de Canarias ha acordado este jueves solicitar dictamen del Consejo Consultivo sobre el proyecto de decreto para crear el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma.

El nuevo órgano, de carácter unipersonal, es consecuencia de la aplicación de una ley estatal que prevé su constitución en las comunidades autónomas, así este tribunal, que tendrá que actuar con plena independencia funcional, "será competente" para resolver los recursos especiales en materia de contratación que se establezcan en el ámbito del sector público autonómico.

Respecto a sus funciones, se dedicará a resolver solicitudes sobre medidas provisionales y cuestiones de nulidad, así como de las reclamaciones que se interpongan en procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, según informó el Ejecutivo canario en nota de prensa.

En cuanto a su régimen de funcionamiento, ejercerá sus atribuciones con independencia, objetividad, imparcialidad y sin sujeción a vínculos jerárquicos, agotando sus resoluciones la vía administrativa, pudiendo ser recurridas ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

En este sentido, indicó que aunque desempeñará sus funciones en el ámbito del sector público autonómico, las corporaciones locales y las universidades públicas, podrán crear sus propios órganos independientes teniendo la posibilidad de atribuir esas competencias al nuevo tribunal mediante la formalización de un convenio.

Por otro lado, el Parlamento de Canarias, junto con las instituciones y entidades que dependen del mismo, y el Consejo Consultivo también podrán solicitar a este órgano la resolución de sus recursos. El titular del tribunal será designado por un período de cinco años entre funcionarios de carrera con licenciatura o grado en Derecho aunque podrá convertirse en un órgano colegiado cuando el volumen de asuntos tratados así lo requiera.

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