Siete de cada diez reclusos con enfermedad mental entran en prisión sin un diagnóstico previo

  • Al menos el 29% de las personas con discapacidad intelectual condenadas por sentencia judicial procede de un ambiente marginal y el 56% sufre desatención.
  • Los datos se desprenden de un estudio de Feaps que pone de manifiesto las dificultades y problemas que sufren estas personas en prisión. 
  • Las personas con enfermedades mentales sufren situaciones de abuso o discriminación por parte de otros internos.
Imagen de archivo del interior de una prisión.
Imagen de archivo del interior de una prisión.
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Imagen de archivo del interior de una prisión.

Un 6,5% de los reclusos tiene discapacidad intelectual o enfermedad mental, lo que supone una prevalencia muy superior a la del resto de la población, y, de estas personas, siete de cada diez ingresa en prisión sin que se haya detectado de forma previa su problema.

Estos datos se recogen en el estudio 'Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo ante el proceso penal', que analiza la situación de este colectivo durante los procedimientos judiciales, así como el cumplimiento de las condenas y las medidas de privación de libertad.

La investigación, realizada por la Confederación Española de Organizaciones en favor de las personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo (Feaps), demuestra el "fracaso" del sistema jurídico, que no logra identificar esa alteración cognitiva a lo largo del proceso penal y únicamente responde con la imposición de condenas o medidas privativas de libertad.

El 29% de las personas con discapacidad intelectual condenadas por sentencia judicial procede de un ambiente marginal y el 56% sufre desatención, según la publicación, que reúne información del programa de reclusos y exreclusos que Feaps desarrolla desde 1995.

La media de edad de las personas con discapacidad intelectual afectadas por el régimen penal penitenciario está comprendida entre los 25 y los 35 años, con solo un 9% de mujeres.

Por el grado de discapacidad, el 76% de los casos son personas con discapacidad leve o límite y, por tipo de delito, los más frecuentes son los cometidos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, el 49%.

El estudio destaca la importancia de detectar la discapacidad intelectual cuanto antes para poder evaluar su incidencia en la comisión del delito o la falta con el fin de preservar los derechos de la persona.

Durante la presentación de la obra en el Consejo General del Poder Judicial, Jordà Vives, formador de Feaps, ha señalado que las personas con discapacidad intelectual condenadas a penas de prisión sufren situaciones de abuso o discriminación por parte de otros internos y tienen mayor propensión a sufrir toxicomanías, además de encontrar dificultades para acceder a los programas de desintoxicación.

El coordinador de la Red de Juristas Feaps, Torcuato Recover, coautor del informe, ha reclamado un compromiso del sistema judicial con las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, "con los más débiles y vulnerables", para garantizar su derecho de acceso a la justicia penal.

Integración en los centros penitenciarios

Por su parte, la inspectora jefe del Servicio de Atención a la Familia de la Comisaría General de Policía Judicial, Astrid Díez, ha expresado el compromiso del colectivo policial de brindar un trato adecuado a las personas con discapacidad en el esclarecimiento de hechos delictivos.

Juan Manuel Fernández, patrono de la Fundación Abogacía Española, ha reflexionado sobre la búsqueda de alternativas al ingreso en prisión de las personas con discapacidad, su atención en los centros penitenciarios y la sustitución de las penas privativas de libertad por otras como los trabajos en favor de la comunidad.

El subdirector general de Tratamiento y Gestión Penitenciaria, Javier Nistal, ha reconocido las carencias y dificultades para la integración de las personas con discapacidad en los centros penitenciarios.

En su intervención, el vicepresidente de Feaps, Mario Puerto, ha mostrado su satisfacción por la retirado de las medidas de seguridad que contemplaba la reforma del Código Penal para prorrogar indefinidamente el tiempo de internamiento de personas con trastorno mental, atendiendo a una supuesta peligrosidad de las mismas al finalizar la condena.

María Puerto considera esta medida "discriminatoria" y contraria a la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.

La existencia de una discapacidad intelectual o del desarrollo no puede ser la causa última que motive que la aplicación de una medida de seguridad privativa de libertad se pueda prolongar indefinidamente en el tiempo, ha resaltado.

El presidente del Foro Justicia y Discapacidad, Juan Manuel Fernández, ha destacado la necesidad de promover el acceso de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad a los tribunales.

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