Un juzgado de San Sebastián anula el plan del Ayuntamiento hacer seguimiento de la situación de 77 presos donostiarras

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de San Sebastián ha declarado nulo, por "no ser ajustado a derecho", el compromiso adoptado por el Ayuntamiento donostiarra, gobernado por Bildu, para hacer seguimiento periódico de la situación de 77 presos de la capital guipuzcoana en junio de 2013.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de San Sebastián ha declarado nulo, por "no ser ajustado a derecho", el compromiso adoptado por el Ayuntamiento donostiarra, gobernado por Bildu, para hacer seguimiento periódico de la situación de 77 presos de la capital guipuzcoana en junio de 2013.

En una sentencia fechada el pasado 23 de diciembre, el juez estima parcialmente el recurso interpuesto por la Administración General del Estado contra esta actuación del Ejecutivo de Juan Karlos Izagirre y, además, anula "las actuaciones producidas en la ejecución" del plan referido a los reclusos de la capital guipuzcoana.

La resolución judicial recoge que el Gobierno municipal de Bildu el 24 de junio de 2013, en un acto frente al Ayuntamiento con la participación del alcalde y de los ocho concejales de la coalición soberanista y dos exdelegados, "leyó una declaración de apoyo a los presos de ETA, haciendo públicos una serie de compromisos a favor de los reclusos".

Entre los citados compromisos estaba elaborar cada seis meses un dossier municipal sobre los presos donostiarras, remitir el citado informe a Instituciones Penitenciarias, al Juez de Guardia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, al ministerio de Justicia y a

la Comisión de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Asimismo, se acuerda "remitir a los presos de San Sebastián la información que el Ayuntamiento publique sobre actividad municipal, portar una tarjeta que reivindique los derechos de los presos en los plenos municipales, realizar reuniones periódicas con los familiares de los presos para tener información directa de su situación y plantear iniciativas concretas referidas a los derechos de los presos en la Comisión de Derechos Humanos del Consistorio".

Por su parte, la Abogacía del Estado considera en su recurso que estos compromisos del Gobierno de Bildu "infringen el principio de neutralidad y objetividad que debe regir la actividad las administraciones públicas" y que también existe infracción de varios artículos de la ley del Parlamento vasco de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo del País Vasco.

"libertad de expresion"

El Ejecutivo de Izagirre, por su parte, defiende que "ninguna de las actuaciones anunciadas se había desarrollado" y que el citado evento "fue un acto público del grupo municipal de Bildu, manifestación de la libertad de expresión y del libre ejercicio de la actividad política por parte del alcalde y de los concejales". Además, la Junta de Gobierno local ni ningún otro órgano administrativo municipal "no tomó acuerdo alguno en relación al tema".

En ese sentido, la sentencia destaca que, pese a esa argumentación, la Comisión de Derechos Humanos facilitó una reunión con la familia de un preso donostiarra enfermo y el primer edil de Bildu envió una carta oficial al director de la prisión de Logroño "interesándose como alcalde de la ciudad en relación a un ciudadano donostiarra".

"Todo lo cual supone que no puede acogerse a la tesis de la demandada que refiere que aquella actuación del grupo político, ya que hay utilización como tal para dar forma a ese compromiso de la institución de la Alcaldía u de órgano municipal, la Comisión de Derechos Humanos", subraya.

El Ayuntamiento donostiarra tiene quince días de plazo para poder impugnar esta resolución del Juzgado mediante recurso de apelación.

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