Condenan a tres años de prisión a un hombre por agredir a otro con unas llaves

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada contra un hombre por agredir a otro con unas llaves tras una discusión ocurrida en la capital malagueña. Así, se desestima el recurso de apelación y se ratifica la condena a tres años de prisión y el pago de 4.400 euros de indemnización por un delito de lesiones.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada contra un hombre por agredir a otro con unas llaves tras una discusión ocurrida en la capital malagueña. Así, se desestima el recurso de apelación y se ratifica la condena a tres años de prisión y el pago de 4.400 euros de indemnización por un delito de lesiones.

Los hechos sucedieron en Málaga de madrugada, cuando el acusado, que estaba acompañado por tres amigos, se acercó a un grupo de jóvenes para pedirles un cigarro. Por causas que no se conocen, se inició una discusión entre el procesado y la víctima, según se declaró probado en su día por el juzgado.

Así, ante la situación tensa que se estaba produciendo, el perjudicado decidió marcharse del lugar, según declaró probado el juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press. Pero, el acusado y uno de los amigos lo persiguieron y le alcanzaron.

Según la primera resolución, ahora confirmada, el procesado le golpeó con el llavero y su amigo con un objeto cortante que había cogido en el suelo durante la persecución, con lo que le produjeron varias heridas y lesiones de las que la víctima tardó en curar 20 días, quedándole secuelas estéticas.

Por esto, se condenó al acusado por un delito de lesiones y se le impuso tres años de prisión y el pago de 4.400 euros al perjudicado. Asimismo, se absuelve a otro hombre y se acordó deducir testimonio para abrir una causa aparte después de que en el juicio salieran indicios de la identidad del amigo del acusado que también habría participado.

Contra esa sentencia, la defensa del procesado recurrió, aunque la Sala de apelación rechaza los argumentos del recurso, al coincidir con el juez en que el hombre participó en la agresión a la víctima y en que no hubo atenuante de legítima defensa, puesto que lo persiguió.

El Tribunal incide en que las pruebas practicadas "no dejan duda de la actuación conjunta" del acusado y el otro amigo —sobre el que hubo imputación, aunque se archivó—, además de que se insiste en que un manojo de llaves también pueden producir las heridas de consideración que presentaba el perjudicado.

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