El periodo medio de pago de Andalucía se situó en octubre en 44,48 días, por encima del plazo máximo de 30

Por su parte, el periodo medio de pago de Administración Central y Seguridad Social se situó en 14 días

El período medio de pago (PMP) conjunto de la Administración Central y la Seguridad Social se situó en el mes de octubre en 14 días, frente a los 52,01 días que tardan las comunidades autónomas y los 24,78 días de las corporaciones locales. En concreto, el PMP de Andalucía se situó en 44,48 días, por encima del plazo máximo de 30 días.

Tal como ha indicado el Ministerio de Hacienda en una nota de prensa, la Administración Central y la Seguridad Social, conjuntamente, han reducido su periodo medio de pago en octubre respecto a septiembre en 2,26 días y las grandes entidades locales lo han hecho en 0,21 días, mientras que las comunidades lo han aumentado en 9,11 días.

El PMP de 14 días de la Administración Central y la Seguridad Social en octubre se obtiene contabilizando el importe de pagos realizados, que alcanza 778,29 millones de euros, con un ratio de 16,89 días, y el importe de operaciones pendientes de pago, que alcanza los 1.214,74 millones y un ratio de 12,16 días.

En el caso de las comunidades, el periodo medio de pago supera en 22,01 días al plazo máximo marcado en la normativa sobre morosidad, que actualmente asciende a 30 días. Sólo en octubre, el periodo global se ha incrementado en 9,11 días, que supone un 21,25 por ciento de incremento con respecto al mes anterior.

Por encima del plazo máximo de 30 días está Andalucía, cuyo PMP fue de 44,48, un 5,3 por ciento menos que en septiembre cuando era de 46,97. Además de la región andaluza, otras comunidades que superan los 30 días máximos son Castilla-La Mancha, Cataluña y Madrid. Superan el plazo de 60 días Aragón, Islas Baleares, Extremadura, Murcia y Comunidad Valenciana, y todas han incumplido el plazo durante dos meses consecutivos, salvo Baleares.

Cuando una comunidad autónoma incumple un mes el período medio de pago, incluye automáticamente en su siguiente plan de tesorería el importe de los recursos que va a dedicar mensualmente para reducir su PMP y el compromiso de adoptar medidas cuantificadas de reducción de gastos o incremento de ingresos destinadas a la reducción de su PMP.

Posteriormente a ese mes de incumplimiento, cuando el periodo medio de pago a los proveedores de la comunidad autónoma supere en más de 30 días el plazo máximo de la normativa de morosidad durante dos meses consecutivos a contar desde la actualización de su plan de tesorería el Ministerio formula una comunicación de alerta, indicando el importe que la comunidad afectada debe dedicar mensualmente al pago a proveedores.

Asimismo, se incluye las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incremento de ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que deberá adoptar de forma que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores. Así, la comunidad autónoma deberá incluir todo ello en su plan de tesorería en el mes siguiente a dicha comunicación de alerta.

A finales del mes de octubre de 2014 la deuda comercial de las comunidades, definida como las operaciones pendientes de pago, ascendió a 8.473,94 millones, equivalente al 0,80% del PIB nacional. La evolución registrada en el saldo de la deuda comercial desde el 1 de enero de 2012 hasta octubre de 2014 supone una reducción del 66,3 por ciento.

Las entidades locales, por su parte, publican el PMP con diferentes periodos de referencia. Por un lado, las corporaciones locales que son capital de provincia, de comunidad autónoma o superan los 75.000 habitantes y las diputaciones, consejos y cabildos insulares publican sus datos cada mes. De esta forma, la publicación del PMP de las entidades locales del mes de octubre recoge sólo los datos de las principales corporaciones.

En total, han suministrado información 136 entidades locales, lo que representa un 91,27 por ciento del total. De estas entidades, sólo 30 tienen un periodo de medio de pago superior a 30 días.

Todas las AAPP tienen que calcular y publicar en aplicación del principio de transparencia su período medio de pago, con la finalidad de que los ciudadanos y sus proveedores conozcan si cada entidad cumple o supera el plazo máximo en el pago de sus facturas previsto en la normativa sobre morosidad.

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