El Supremo da la razón al Ayuntamiento de Vélez en los cambios aplicados al convenio colectivo

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso interpuesto por los sindicatos CSIF, UGT y CCOO contra los cambios que el Ayuntamiento del municipio malagueño de Vélez-Málaga aplicó al convenio colectivo del personal municipal con el objetivo, según el Gobierno local, de sanear las arcas municipales, reducir el déficit público y garantizar la sostenibilidad financiera del Consistorio.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso interpuesto por los sindicatos CSIF, UGT y CCOO contra los cambios que el Ayuntamiento del municipio malagueño de Vélez-Málaga aplicó al convenio colectivo del personal municipal con el objetivo, según el Gobierno local, de sanear las arcas municipales, reducir el déficit público y garantizar la sostenibilidad financiera del Consistorio.

El alcalde, Francisco Delgado Bonilla, y el concejal secretario de la Junta de Gobierno Local, Jesús Lupiáñez, han informado este lunes de la sentencia del Supremo, que, según el regidor, "viene a confirmar, en contra de lo expresado por los sindicatos, que este Ayuntamiento adoptó aquellas medidas conforme a derecho".

"El propio tribunal nos dice en la sentencia que han quedado perfectamente probadas las necesidades de ajustes presupuestarios", ha indicado Delgado Bonilla, quien ha considerado que este fallo judicial, contra el que no cabe recurso, "creará jurisprudencia en España".

El alcalde ha recordado que, en virtud de la aprobación del plan de ajuste municipal en marzo de 2012, el Ayuntamiento acordó una serie de medidas de aplicación a todos los empleados públicos, entre las que se encuentra, por ejemplo, la suspensión del artículo 29 del convenio, por la cual será el Consistorio el que, en caso de despido declarado improcedente, decida la readmisión o indemnización del trabajador.

Asimismo, entre otros aspectos se aprobaron modificaciones relativas al complemento de incapacidad temporal de los trabajadores y a las ayudas a las minusvalías, así como la reducción de vacaciones y permisos, de acuerdo a lo que establecía el Gobierno de España.

Delgado Bonilla ha detallado que el fallo del Supremo señala que estas medidas se adoptaron "al amparo de las previsiones del Estatuto Básico del Empleado Público, que permiten a la Administración suspender o alterar la regulación de cumplimiento de los convenios y acuerdos colectivos debido a la alteración sustancial de las circunstancias económicas para salvaguardar el interés público".

Pese a que la sentencia indica que dichas medidas "pueden adoptarse unilateralmente, sin perjuicio de que las organizaciones sean informadas al respecto", el alcalde ha asegurado que la intención municipal "es acordar con los sindicatos, en los primeros meses del próximo año, el nuevo convenio colectivo de los funcionarios y del personal laboral y una nueva relación de puestos de trabajo ajustada al nuevo organigrama municipal".

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