Inhabilitación de 7 años para el alcalde 'popular' de Villalba de Duero por una licencia de construcción ilegal

La juez considera probado que el munícipe, a sabiendas, concedió permiso para edificar una vivienda en un terreno no urbanizable

El Juzgado de lo Penal número 2 de Burgos ha condenado al alcalde de Villalba de Duero, el 'popular' Jesús Sanz de Pablo, por un delito contra la ordenación del territorio, al considerar probado que el munícipe otorgó en 2010 a una pareja licencia para edificar una vivienda en una parcela no urbanizable ya que la misma exigía de un plan parcial que aún no se había desarrollado.

En su sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, la juez impone al regidor del PP su inhabilitación para el desempeño de empleo o cargo público por espacio de siete años y el pago de una multa de 2.160 euros, mientras que absuelve del mismo delito al matrimonio propietario de la finca que solicitó permiso para edificar la casa, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Los hechos tienen su origen en la licencia urbanística que la pareja formada por Juan Francisco R. y Noelia G.C. solicitó al Ayuntamiento de Villalba de Duero para construir una vivienda unifamiliar de nueva planta en la finca situada en la calle Eras de Arriba, en la parcela número 2 del polígono número 4, y que fue otorgada el 15 de septiembre de 2010 por el ahora condenado, Jesús Sanz de Pablo, para quien en el juicio tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular, ejercida esta última por el vecino Ramiro Herrero Parra, solicitaron un año de cárcel e inhabilitación por ocho años.

La juez entiende que el alcalde autorizó la construcción pese a ser plenamente consciente de que la misma contravenía la normativa urbanística, ya que la parcela en cuestión tenía la clasificación de suelo apto para urbanizar tipo A y, por tanto, para poder construir sobre él se exigía el desarrollo de un plan parcial, tal y como establecían las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal aprobadas el 18 de julio de 1997.

El condenado, alcalde desde 1999, otorgó la licencia a pesar de sendos informes en contra del secretario municipal y del Colegio de Arquitectos, sin que, según alegara en el juicio, fuera consciente de que estaba cometiendo una ilegalidad sino que más bien se trataba de una cuestión de "justicia" el concederla.

Sin embargo, la juzgadora es taxativa al asegurar que en la fecha de los hechos "la normativa vigente no permitía al acusado obrar como lo hizo, con absoluto desprecio hacia la legalidad", de ahí la condena impuesta por delito contra la ordenación del territorio (artículo 320 del Código Penal).

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