La Audiencia confirma la condena del exalcalde de Cartes por prevaricación"

((Atención abonados la noticia con este titular enviada ayer miércoles, día 10, estaba acompañada de una foto en la que aparecía una persona no relacionada con este asunto, que rogamos eliminen.
Saturnino Castanedo, exalcalde de Cartes
Saturnino Castanedo, exalcalde de Cartes
EUROPA PRESS
Saturnino Castanedo, exalcalde de Cartes

En la que figura en la información que ahora se adjunta (que es la misma que la enviada ayer) aparece la foto del exalcalde de Cartes, Saturnino Castanedo. Rogamos la sustituyan por la enviada anteriormente. Gracias y disculpen las molestias))

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la condena a ocho años y siete meses de inhabilitación al que fuera alcalde de Cartes entre 2001 y 2011, Saturnino Castanedo, por un delito de prevaricación administrativa.

Rechaza de este modo su recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 4 de Santander que, hace más de dos años, en noviembre de 2012, declaró probado que el primer edil de Cartes contrató obras sin expediente administrativo, sin contar con consignación presupuestaria previa e impidiendo que el órgano interventor realizara su labor fiscalizadora.

El socialista Saturnino Castanedo presentó el pasado mes de enero su renuncia al acta de concejal alegando "motivos personales", una decisión en la que reconoció que ha pesado "cierto cansancio por la incertidumbre permanente" que ha tenido que vivir desde el año 2008 por el proceso judicial "abusivamente largo" en el que estaba incurso.

La sentencia de instancia que le condenó por prevaricación detalla las distintas obras adjudicadas y ejecutadas de forma irregular, así como 12 facturas -todas ellas de 2006- giradas al Ayuntamiento y que pese a contar con un informe negativo del interventor fueron liquidadas por resolución de la Alcaldía.

El fallo de la Audiencia, notificado este miércoles, respalda el criterio de la juez de lo Penal "de que hay pruebas más que suficientes para entender acreditado" que quien fue alcalde de Cartes entre 2001 y 2011 "adjudicó unilateralmente diversas obras que debían efectuarse en el Ayuntamiento a determinadas empresas sin seguir la legislación vigente".

Añade que lo hizo "sin incoar ni seguir procedimiento de contratación ninguno y además sin contar con crédito ni consignación presupuestaria, e impidiendo igualmente a los órganos interventores del Ayuntamiento su labor de fiscalización y control establecida, con lo que las resoluciones dictadas eran nulas de pleno derecho y por tanto insubsanables".

La Audiencia señala además que "a sabiendas de la nulidad de tales resoluciones de las que se derivaban las facturas por la ejecución de las obras contratadas y pese a la fiscalización de disconformidad efectuada, se dictó resolución acordando el reconocimiento y liquidación de dichas obligaciones".

Considera la Sala que "esto ha sido plenamente acreditado", porque "así consta de entrada del propio reconocimiento que sobre la generalidad de lo expuesto ha prestado el acusado". En este sentido, señala que tanto en el juicio como en la fase de instrucción, Castanedo ha reconocido "haber acordado de forma unilateral y sin seguir procedimiento ninguno la adjudicación de ciertas obras".

Sin embargo, continúa la Audiencia, "las razones que aduce en descargo de su decisión no fueron creídas por la magistrada, en criterio que esta Sala comparte", porque "no cabe sostener un apartamiento tan total de la normativa amparándose en razones de complejidad o de inexperiencia del interventor".

Añade la sentencia que tanto los testimonios de los testigos, como los informes periciales y la "copiosa documental" "acreditan sin dejar lugar a dudas cual fue la actuación del acusado".

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