La Junta convoca por primera vez ayudas a la rehabilitación de viviendas dirigidas a las comunidades de propietarios

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de Castilla y León destinará un montante global de nueve millones de euros hasta 2016 dirigidos en ayudas, por vez primera, a las comunidades de propietarios para la realización de obras de rehabilitación edificatoria, en el marco del Plan Estatal de Vivienda firmado recientemente entre la Administración regional y el Ministerio del ramo.
Antonio Silván, consejero de Fomento y Medio Ambiente.
Antonio Silván, consejero de Fomento y Medio Ambiente.
EUROPA PRESS
Antonio Silván, consejero de Fomento y Medio Ambiente.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de Castilla y León destinará un montante global de nueve millones de euros hasta 2016 dirigidos en ayudas, por vez primera, a las comunidades de propietarios para la realización de obras de rehabilitación edificatoria, en el marco del Plan Estatal de Vivienda firmado recientemente entre la Administración regional y el Ministerio del ramo.

Las bases reguladoras de esta primera línea de subvenciones con fondos de la Junta aparecerán este miércoles recogidas en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) y será el día 19 de este mes cuando el departamento de Antonio Silván realice la convocatoria oficial, tal y como ha anunciado hoy el consejero antes de mantener un encuentro de trabajo con el colectivo de administradores de fincas de la Comunidad, al que ha dado cuenta de los pormenores de dichas ayudas.

El titular de Fomento y Medio Ambiente, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha incidido en que la presente línea de ayudas, por importe este año de dos millones, tres en 2015 y el resto en 2016, no sólo permitirá "renovar el parque de viviendas de Castilla y León anterior a 1981", con el consiguiente ahorro en la factura de gas, agua y luz de sus propietarios, sino que además "generará actividad económica y empleo".

De hecho, Silván ha recordado que por cada millón de euros invertido en rehabilitación de viviendas se generan 56 nuevos puestos de trabajo, mientras que cada euro destinado a este fin "triplica su valor en inversión productiva, actividad y empleo".

Por su parte, el presidente del Consejo Regional de Administradores de Fincas de la región, Sergio Javier Carrasco, se ha mostrado confiado en que las ayudas de la Junta animen un mercado rehabilitador que desde hace cinco o seis años se encontraba muy parado, no sólo porque desde entonces las comunidades de propietarios no han tenido acceso a ayudas estatales para este fin sino por la propia situación de crisis económica.

"Son unas ayudas muy esperadas", ha explicado Carrasco, quien ha vaticinado que la mayoría de ellas se destinarán a mejoras de carácter energético, centradas en renovación de calderas y sistemas de calefacción, así como en trabajos de refuerzo de aislamiento de fachadas y obras de accesibilidad.

REQUISITOS

El objetivo de las subvenciones a la rehabilitación edificatoria es facilitar la financiación de las obras y trabajos de mantenimiento e intervención en edificios residenciales colectivos, que, entre otros requisitos, deberán estar finalizados antes de 1981, que al menos el 70 % de su superficie construida tenga uso residencial de vivienda y al menos el 70 % de las viviendas constituyan domicilio habitual de propietarios o arrendatarios.

También pueden acogerse, aunque excepcionalmente, aquellos edificios que, sin cumplir las condiciones anteriores, presenten graves daños estructurales o de otro tipo y se destinen íntegramente al alquiler durante al menos diez años desde la recepción de la ayuda.

Cuando se realicen actuaciones de accesibilidad o de mejora de la calidad y sostenibilidad en edificios deberán agrupar un mínimo de ocho viviendas y, excepcionalmente, menos cuando en el inmueble vayan a acometerse simultáneamente obras de conservación o cuando habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años. Además, pueden beneficiarse de estas ayudas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de viviendas.

En el coste total de las obras pueden incluirse honorarios profesionales, redacción de proyectos, informes técnicos y certificados. No se incluye en esa cifra ni los impuestos, ni las tasas o tributos y no puede superar los costes medios de mercado.

La cuantía máxima es del 35%

La cuantía máxima de la ayuda por edificio es del 35 % del coste, alcanzando el 50 % en actuaciones para mejora de la accesibilidad, y con una cuantía de hasta 4.400 euros por vivienda.

La presentación de las solicitudes podrá realizarse en tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. El inicio de las obras debe ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud con certificado de inicio expedido y firmado como máximo en el mes siguiente a la notificación de la concesión de la subvención.

El plazo de ejecución de las obras debe de ser de dieciséis meses desde la fecha que figure en el certificado de inicio y, excepcionalmente, ampliable hasta 18 meses si afecta a 40 o más viviendas. La justificación de la obra debe ser de un mes desde la certificación final de la obra.

En la concesión de las ayudas se priorizará la mayor inversión por vivienda y, por este orden, la mejora de calidad y sostenibilidad, la accesibilidad y la conservación.

Las actuaciones que podrán acogerse a las ayudas serán aquellas de conservación, de mejora de la calidad y sostenibilidad y de mejora de la accesibilidad.

En concreto, en el apartado de la conservación se podrán subvencionar obras de cimentación, estructura e instalaciones, cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías y otros elementos comunes en edificios declarados Bien de Interés Cultural, catalogados o protegidos o situados dentro de cascos históricos y que se ejecuten al mismo tiempo con actuaciones para la mejora de la calidad y sostenibilidad.

También podrán subvencionarse actuaciones en instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones.

En el apartado de actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad podrán acogerse todas aquellas que tengan como principal objetivo la reducción de la demanda energética de al menos un 30 %. En este sentido, podrán subvencionarse obras de mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación, equipos que utilicen energías renovables como solar, biomasa o geotermia, mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación y mejora de las redes de saneamiento para ahorro de agua.

También podrán acogerse a las ayudas el acondicionamiento de las instalaciones para la recogida selectiva de residuos domésticos, la protección contra el ruido y acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejorar la permeabilidad del suelo, adaptar jardinería y optimizar los sistemas de riego.

Por lo que respecta a actuaciones en materia de accesibilidad de las viviendas, edificios y locales, cabe señalar la instalación de ascensores, rampas, salvaescaleras, productos de apoyo, elementos de información o de aviso, y la instalación de dispositivos de comunicación entre las viviendas y el exterior.

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