El FROB debe devolver 8,5 millones a cinco empresarios que invirtieron en NCG al volver a apreciar la jueza "dolo"

Los demandados, reitera la magistrada, "tenían la obligación jurídica, contractual y hasta ética" de exponer "la realidad" y no lo hicieron

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña, Marta Canales Gantes, concluye que en el caso de Inveravante y otros cuatro empresarios, como en el de Gadisa, hubo "dolo en el consentimiento" ocasionado por NCG y el FROB en el momento de invertir los demandantes, en su conjunto, más de 8,5 millones de euros, que ahora obliga a reintegrar al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.

En una sentencia fechada este mismo miércoles y notificada a las partes, a la que ha tenido acceso Europa Press, la jueza estima así la demanda interpuesta por Inveravante (que recuperará algo más de 6 millones de euros), Metalships (a quien el FROB deberá devolver unos 100.000 euros), Ranebé 2003 S.L.U. (más de 2 millones), Santiago Rey Fernández-Latorre (más de 200.000 euros) y José Luis Vázquez Mariño (otros 200.000 euros).

En un fallo idéntico al de la empresa que preside Roberto Tojeiro, conocido este martes, y por la que el FROB tendrá que abonar más de 10 millones de euros, Canales Gantes declara que "en la suscripción de los contratos de compromiso de inversión en acciones de NCG Banco y compraventa de acciones de NCG Banco formalizados entre los demandantes y las entidades demandadas, concurrió dolo en el consentimiento, ocasionado por las entidades demandadas".

Por ello, declara la nulidad tanto de los citados compromisos de inversión como de las escrituras de compraventa de acciones otorgadas por los demandantes y el FROB con fecha 12 de enero de 2012, y condena a ambas partes otorgantes del contrato de compraventa de acciones a la restitución de las recíprocas prestaciones, incrementado tal precio con los intereses legales computados desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública de compraventa hasta la fecha del completo pago.

Al ser imposible la restitución de las acciones, al haber sido amortizadas por el FROB, los demandantes tampoco tienen obligación de reintegrar el objeto de la venta. Además, las demandadas son condenadas al pago de las costas ocasionadas y tienen un plazo de 20 días para interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Ocultamiento de información

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña, como en el caso de Gadisa, repasa detalladamente los antecedentes del caso, desde los contactos de quien ejerció como presidente de Novagalicia, José María Castellano, para tratar de captar a los inversores, hasta la audiencia previa del juicio, celebrado en los pasados días.

De igual forma, sostiene que el pleito queda "limitado" a la controversia sobre una única cuestión, si existió o no dolo en relación al ajuste contable que debió acometerse en la entidad y sobre la tramitación de la nueva regulación en el sector financiero.

La jueza responde afirmativamente a esta disyuntiva, así como a las preguntas de si se cercenó "la posibilidad de adoptar una decisión libre, consciente y voluntaria" por parte de los empresarios "ocultando una información dañosa".

Da cuenta, una vez más, de todos los documentos aportados por las demandantes al respecto, y concluye que, "vista la documental aportada, en ningún lugar de las actuaciones consta que las demandadas corrigiesen la información facilitada".

Silenciamiento y vicio del contrato

Con frases calcadas a otras del anterior fallo, la magistrada relata la información que se dio acerca de la situación del banco, sus cuentas y su valoración, así como la información pública existente a la fecha de la firma.

"Es obvio que la necesidad de realizar un ajuste que supera los 1.000 millones de euros es relevante", asevera, y añade que si ello "entraña (...) una necesidad adicional de capital principal de 948 millones de euros, con el fin de mantener la ratio —de capital— del 10%, es más relevante".

En este sentido, sentencia que "la relevancia contable de los ajustes, de haberlos conocido los actores, impondría una negativa a la compra de las acciones, porque la entidad ya no cumpliría con la ratio del 10% y existiría una necesidad adicional de 948 millones de euros".

Reitera la jueza que queda probado que "nadie se preocupó de los actores y se firmó la escritura silenciando todo, sin poner sobre la mesa la realidad de la situación con el ajuste y la nueva normativa".

Y repite que el "desenlace, obvio", es que los demandados "tienen que asumir las consecuencias de sus actos, porque tenían la obligación jurídica, contractual y hasta ética, de poner sobre la mesa la realidad de la situación y no la han querido mostrar, actuando dolosamente, lo que ha viciado el contrato y posibilita su anulabilidad".

El frob recurrirá y la defensa celebra el fallo

Por parte del FROB, fuentes del organismo consultadas por Europa Press han ratificado que tanto la sentencia relativa a Gadisa como esta, que implica a Inveravante y otros cuatro inversores, van a ser recurridas, para lo que tienen un plazo de unos 20 días.

Por su parte, el abogado de la defensa, Daniel Jiménez, en declaraciones a Europa Press, ha vuelto a celebrar un fallo que entiende "justo" y "bien motivado", además de agradecer a la jueza la celeridad en emitirla y el "gran esfuerzo didáctico" para exponer un razonamiento que, en ambos casos, son parecidos.

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