El Supremo avala la negativa del Gobierno a indemnizar al promotor de la planta asfáltica de La Verde

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Canteras La Verde contra la negativa del Gobierno regional a indemnizar a esta empresa, que reclamó a la administración 7,72 millones de euros por las pérdidas y perjuicios que le supuso la anulación de la licencia de la planta asfáltica del Barrio La Verde de Herrera de Camargo, y su traslado a otro lugar tras ordenar el Ayuntamiento su cierre y demolición.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Canteras La Verde contra la negativa del Gobierno regional a indemnizar a esta empresa, que reclamó a la administración 7,72 millones de euros por las pérdidas y perjuicios que le supuso la anulación de la licencia de la planta asfáltica del Barrio La Verde de Herrera de Camargo, y su traslado a otro lugar tras ordenar el Ayuntamiento su cierre y demolición.

La sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso Europa Press, concluye que la reclamación de Canteras La Verde es "extemporánea" al haber transcurrido en el momento de su presentación, en marzo de 2009, el plazo de un año desde que se dictó la sentencia definitiva que anuló la licencia y ordenó la demolición de la instalación en enero de 2004.

Añade que la reclamación también sería extemporánea aún tomando como referencia la sentencia que definitivamente resolvió la controversia en septiembre de 2006; o incluso si se considerase como fecha en la que se generó el daño la orden municipal de cierre de la planta en diciembre de 2007.

El 31 de enero de 2002 el Ayuntamiento de Camargo otorgó a Canteras La Verde licencia para la instalación de una planta asfáltica en el barrio La Verde de Herrera.

Como consecuencia del recurso interpuesto por Ecologistas en Acción y la Asociación de Vecinos Santa Eulalia de Igollo, la licencia fue anulada dos años más tarde, en enero de 2004, por sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), debido a que la estimación de impacto ambiental emitida por el Gobierno de Cantabria era insuficiente, ya que se requería la declaración de Impacto Ambiental.

La sociedad Asfin Cantabria -participada por Canteras La Verde y Fernández Rosillo- presentó recurso de revisión alegando indefensión, ya que no había intervenido en el procedimiento pese a que previamente Canteras La Verde le había transmitido la titularidad de la explotación de la planta asfáltica, recurso que fue desestimado en septiembre de 2006.

Daños valorados en 7,72 MILLONES

El Ayuntamiento de Camargo ordenó el cierre y clausura de la planta en diciembre de 2007. En esa misma fecha, ASFIN Cantabria valoró los daños en 7,72 millones de euros y Manuel Fernández Rosillo, actuando en su nombre, formuló reclamación por responsabilidad patrimonial al Gobierno de Cantabria por dicho importe, al atribuir la anulación de la licencia a una causa imputable a esta administración.

La Administración entendió que, en su caso, la indemnización correspondería a Canteras La Verde, dado que era la titular de la licencia, por lo que pidió a Asfin que acreditase convenientemente su legitimación. Finalmente, en agosto de 2008 el Consejo de Gobierno inadmitió a trámite la reclamación "al no existir constancia de la transmisión de la propiedad de la planta asfáltica y de la licencia de actividad".

En marzo de 2009, Canteras La Verde presentó un escrito al Gobierno de Cantabria solicitando que se tuviese por subsanado y completada la legitimación de Asfin, adhiriéndose a la reclamación y solicitando ser indemnizada en 7,72 millones. Pero para entonces, el derecho a reclamar había prescrito, ya que la declaración se formuló más de un año después de haberse determinado el daño (diciembre de 2007).

En septiembre de 2009, sin que ese último escrito hubiera sido resuelto por la Administración, Canteras La Verde y Asfin recurrieron la resolución del Gobierno de agosto de 2008 que inadmitió la reclamación de Asfin y la solicitud de Canteras La Verde adhiriéndose a la misma.

El TSJC inadmitió el recurso de Asfin y posteriormente desestimó el de Canteras La Verde, en una sentencia de octubre de 2011 en la que señala que la pretensión de ambas empresas es incompatible ya que ambas reclaman exclusivamente para sí mismas una única indemnización, y además, la reclamación se produce cuando el procedimiento ya había sido resuelto por una resolución que pone fin a la vía administrativa y que, incluso, había devenido firme, lo que excluye cualquier tipo de intervención en el mismo de un tercer interesado.

El Tribunal Supremo desestima ahora el recurso de Canteras La Verde al entender que el fallo del TSJC consideró de forma "acertada" que el escrito presentado por esta empresa era "una nueva reclamación" que "no sirve para sanar" la presentada por una entidad distinta, "fuera del plazo concedido y una vez concluido el procedimiento administrativo que inadmitió su reclamación".

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