Prevaricación, obstrucción a la Justicia... ¿A qué penas se enfrentaría Artur Mas por el 9-N?

  • Cuatro delitos que conllevan individualmente penas de hasta un año de prisión y diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público.
  • La vicepresidenta Joana Ortega y la consellera de Educación, Irene Rigau, también se enfrentan a las mismas acusaciones.
  • Sáenz de Santamaría no ve contradicción entre hacer política y cumplir la ley.
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, y la presidenta del Parlament, Nuria de Gispert.
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, y la presidenta del Parlament, Nuria de Gispert.
Alberto Estévez / EFE
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, y la presidenta del Parlament, Nuria de Gispert.

El presidente de la Generalitat, Artur Mas, se enfrenta en la querella del 9-N interpuesta contra él por la Fiscalía General del Estado a cuatro delitos que conllevan individualmente penas de hasta un año de prisión y diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público.

Las supuestas infracciones penales que se les atribuyen tanto a Mas como a su vicepresidenta, Joana Ortega, y a la consellera de Educación, Irene Rigau, también llevan aparejadas penas de multa y de suspensión de empleo y cargo público de hasta tres años. Los tres políticos querellados se enfrentan a las mismas acusaciones: prevaricación administrativa continuada, desobediencia grave cometida por autoridades públicas, obstrucción a la Justicia cometida por autoridad pública y malversación de caudales públicos.

El delito más grave que contempla la querella fiscal es el de obstrucción a la justicia del artículo 508.1 del Código Penal, ya que acarrea pena de seis meses a un año de prisión. En cambio, la prevaricación administrativa y la desobediencia grave son delitos que no conllevan penas de prisión, sino que aparejan penas de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público: de 7 a 10 años de cárcel en el primer caso y de 6 meses a 2 años por desobediencia.

Tampoco el delito de malversación de caudales públicos es de los que acarrean penas de cárcel, sino que al aplicarles el artículo 433 la sanción sería de multa y suspensión de cargo público. En el hipotético caso de que Mas, su vicepresidenta y la consellera de Educación fueran condenados por todos los delitos de la querella fiscal, podrían llegar a recibir cada uno de ellos una condena total de 1 año de prisión, seis años de suspensión de cargo público y de 12 de inhabilitación, aunque la graduación de la pena sería valorada por el tribunal que, en su caso, pudiera celebrar un juicio por este asunto.

Estos son, en resumen y por orden de gravedad, los delitos del Código Penal que se han formulado en la querella por el Fiscal General del Estado:

  • Obstrucción a la Justicia cometido por autoridad pública

Art. 508.1.- La autoridad o funcionario público que se arrogare atribuciones judiciales o impidiere ejecutar una resolución dictada por la autoridad judicial competente, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

  • Prevaricación administrativa continuada

Art. 404.- A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

  • Malversación de caudales públicos:

Artículo 433.- La autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años.

  • Desobediencia grave cometido por autoridades públicas

Art. 410. 1.- Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

Hacer política y cumplir la ley

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha respondido a las críticas por una supuesta "judicialización" de las relaciones del Estado con Cataluña que cumplir la ley no entra en contradicción con hacer política, porque es la ley la que garantiza las libertades. En la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, Sáenz de Santamaría se ha preguntado qué ocurriría si los ciudadanos decidieran dejar de pagar impuestos en protesta por la falta de una política fiscal, o dejarán de cumplir las leyes de tráfico en demanda de políticas de seguridad vial.

"Todos podemos hacer política pero hay que hacerla en el marco de la ley. La ley no es ni más ni menos que la voluntad política de los ciudadanos y al menos este Gobierno no se considera por encima de la voluntad política de los ciudadanos", ha alertado. A su juicio, algunos consideran las leyes como un límite, cuando en realidad son el marco de actuación en un Estado de Derecho.

Sobre la querella presentada contra el presidente catalán, Artur Mas, por la celebración del 9-N, tanto la vicepresidenta como el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, han expresado su respeto a la autonomía de la Fiscalía, que actúa con principios de "imparcialidad, legalidad y dependencia jerárquica".

Segundo presidente querellado

La querella es la segunda que el Ministerio Público emprende contra un presidente de la Generalitat, después de la que fue objeto Jordi Pujol hace treinta años, si bien los hechos y circunstancias que las motivaron son sustancialmente distintos, ya que la querella contra Pujol tuvo razones económicas derivadas de su papel en Banca Catalana, anteriores a su desempeño como President de Cataluña.

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