La Generalitat aprueba el reglamento que regula la publicidad del juego en la Comunitat Valencianas

El pleno del Consell ha aprobado el reglamento regulador de la publicidad del juego en la Comunitat Valenciana, de los locales en los que se desarrolla y de las personas físicas y jurídicas que operan dentro del citado sector.

El pleno del Consell ha aprobado el reglamento regulador de la publicidad del juego en la Comunitat Valenciana, de los locales en los que se desarrolla y de las personas físicas y jurídicas que operan dentro del citado sector.

La portavoz del Consell, María José Català, ha explicado en la rueda de prensa posterior al pleno que el reglamento enumera unas prohibiciones publicitarias determinadas de forma que, no incurriendo en ellas, la actividad publicitaria puede desarrollarse, con las condiciones establecidas en el Reglamento, sin necesidad de autorización previa.

Según establece este reglamento, la publicidad, así como cualquier comunicación comercial sobre el juego, excepto la comunicación o difusión de los datos identificativos de las empresas, se ajustará a los principios de legalidad, lealtad, veracidad, juego responsable, responsabilidad social y protección del menor.

En este sentido, toda publicidad que se realice sobre juego hará constar, con claridad y de forma legible, que el juego queda prohibido a los menores de 18 años y que puede generar adicción.

El reglamento también establece que queda prohibida la publicidad de juego, así como de los locales donde se desarrolla, en los supuestos como cuando pueda perjudicar la formación de la juventud o la infancia presentando la práctica del juego como una señal de madurez, cuando se utilice la cuantía de los premios como principal reclamo publicitario, cuando se refiere a actividades deportivas o culturales protagonizadas por menores de 18 años, cuando la publicidad ofrezca mensajes que puedan desvalorizar el esfuerzo, el trabajo o el estudio en comparación con el juego, o cuando se sugiera que las habilidades personales o el reconocimiento social pueden mejorarse con el juego; entre otros supuestos.

También se prohíbe la publicidad sobre juego en las dependencias de la administración pública, centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y de enseñanza —tanto públicos como privados— y en los centros y espectáculos destinados mayoritariamente a un público menor de 18 años, entre otros.

Asimismo, el decreto establece que podrán entregarse artículos promocionales o consumiciones en locales de juego o por empresas debidamente autorizadas, cuyo precio de mercado no exceda de 12 euros, con excepción de los que se entreguen en los casinos de juego, cuyo importe puede llegar a los cien euros por cliente y día.

El Reglamento también regula las condiciones de la publicidad referente a juego y locales de juego en medios de comunicación audiovisual, en medios radiofónicos, en prensa, revistas, suplementos, publicidad estática, mediante folletos de distribución masiva, en páginas web, certámenes y ferias.

ámbito de aplicación

Las disposiciones de este reglamento obligan a los fabricantes de máquinas, importadores, comerciales y distribuidores que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana; también a las empresas operadoras de máquinas recreativas, de azar, y de apuestas autorizadas; a los titulares de casinos, salas de bingo, salones recreativos, de juego y de apuestas; a las empresas que gestionan salas de bingo; a las asociaciones representativas del sector, agencias de publicidad, medios de comunicación, y personas físicas o jurídicas que realicen directa o indirectamente cualquier tipo de publicidad sobre juego.

La implementación y posterior desarrollo de este decreto no comportará incremento de gasto en ninguno de los capítulos del presupuesto asignado a la conselleria competente en materia de juego, y deberá ser atendido con los medios personales y materiales de esta conselleria.

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