El Gobierno canario aprueba el decreto sobre la regulación del Sistema de Formación Sanitaria Especializada

El Ejecutivo canario ha aprobado, en Consejo de Gobierno, el decreto que regula la ordenación del Sistema de Formación Sanitaria Especializada para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud en la Comunidad Autónoma, en cumplimiento y desarrollo de la normativa básica estatal.

El Ejecutivo canario ha aprobado, en Consejo de Gobierno, el decreto que regula la ordenación del Sistema de Formación Sanitaria Especializada para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud en la Comunidad Autónoma, en cumplimiento y desarrollo de la normativa básica estatal.

Este decreto, sobre el que el Consejo Consultivo emitió dictamen favorable el 9 de octubre, cuenta con 31 artículos, tres disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una derogatoria, dos finales y un anexo, según informó el Ejecutivo regional en nota de prensa.

Así, la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias regula en su título segundo la formación de los profesionales sanitarios, ya sea formación de grado, especializada o continuada.

También establece que los centros sanitarios acreditados para la formación especializada deberán contar con una comisión de docencia, los jefes de estudio, coordinadores docentes y tutores de formación que resulten adecuados en función de su capacidad docente, así como que corresponde a las comunidades autónomas dentro de los criterios generales fijados por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, determinar la dependencia funcional, composición y funciones de las comisiones de docencia.

Asimismo, el Real Decreto 183/2008 de 8 de febrero, establece que los centros sanitarios y las unidades docentes acreditadas para la formación de especialistas, a través de sus comisiones de docencia, organizan la formación, supervisan su aplicación práctica y controlan el cumplimiento de los objetivos que se especifican en los programas docentes.

Por todo ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en la citada normativa, el Gobierno regional ha aprobado este decreto que regula, entre otros asuntos, las unidades docentes multiprofesionales y multidisciplinares, la acreditación de las unidades docentes y su revocación, la adscripción, los órganos docentes de carácter colegiado, la dependencia funcional y composición de las comisiones de docencia, sus funciones y funcionamiento, las subcomisiones de docencia, los comités de evaluación y su composición, además de los órganos docentes de carácter unipersonal.

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