La regularización catastral que propone Hacienda interesa a más de 3.000 ayuntamientos

  • Implica la posibilidad de incorporar al Catastro inmuebles no registrados.
  • Pagarán una tasa de 60 euros, pero no habrá multa por no haberlo declarado.
  • Hacienda dice que el proceso no implica una subida de los valores catastrales.
  • El ministerio defiende que al haber más inmuebles declarados los ayuntamientos pueden rebajar los tipos de gravamen que aplican.
  • Que una construcción no haya sido declarada no implica que sea ilegal ni legal.
Una vivienda unifamiliar levantada sobre terreno rústico.
Una vivienda unifamiliar levantada sobre terreno rústico.
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Una vivienda unifamiliar levantada sobre terreno rústico.

Hace dos años, el Ministerio de Hacienda aprobó un plan de regularización catastral. El objetivo es hacer aflorar inmuebles urbanos y rústicos no inscritos. Hasta la fecha, un total de 3.070 municipios han manifestado a la Dirección General del Catastro su interés por acogerse a ese plan.

Este plan de lucha contra el fraude fiscal inmobiliario fue aprobado en 2012 para desarrollarlo por tandas de municipios entre 2013 y 2016, e implica la posibilidad de incorporar al Catastro inmuebles (y sus alteraciones) que no habían sido registrados pagando una tasa de 60 euros y sin la imposición de multa alguna por el incumplimiento del deber de declararlos.

Ahora, Hacienda recuerda que este proceso no implica una revisión al alza de los valores catastrales, ya que los inmuebles se regularizarán conforme a los importes vigentes en cada municipio, y afirma que se trata de aflorar inmuebles "que están disfrutando de los servicios públicos municipales a costa de los titulares de los inmuebles correctamente declarados". En este sentido, considera que "es de justicia que su correcta incorporación al Catastro garantice su contribución al sostenimiento de dichos servicios públicos".

La regularización culmina con la asignación de un valor catastral al bien inmueble aflorado y una fecha de efectos de dicho valor, información que se incorpora al padrón inmobiliario del municipio y sirve para la correspondiente gestión tributaria de los ayuntamientos respeto de las obligaciones por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de ejercicios futuros y pasado no prescritos.

Según Hacienda, esto no implica necesariamente un aumento de recaudación para los ayuntamientos, ya que el hecho de que haya más inmuebles y viviendas declarados puede permitir a los municipios rebajar los tipos de gravamen que aplican a la generalidad de los vecinos, sin mermar por ello sus recursos totales.

Además, destaca que el hecho de que una construcción o reforma no haya sido declarada no implica que sea ilegal o legal, ya que son cuestiones distintas la necesidad de proveerse de la preceptiva licencia urbanística otorgada por la autoridad municipal y la obligación de presentar una declaración de alteración del bien inmueble ante el Catastro Inmobiliario.

El plan de regularización catastral no multa las obras ilegales, algo que es competencia de las autoridades municipales y autonómicas, con lo que la incorporación al Catastro de un inmueble "no convalida" ese tipo de infracciones.

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