Condenado a 6 años un fotógrafo por abusar de una menor en su estudio durante las sesiones de fotos

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis años de cárcel impuesta a un fotógrafo acusado de abusar sexualmente de una menor de 14 años de edad durante varias sesiones de fotos realizada en su estudio profesional de la localidad sevillana de Mairena del Alcor, todo ello mientras la madre y las hermanas de la víctima esperaban en una habitación contigua.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis años de cárcel impuesta a un fotógrafo acusado de abusar sexualmente de una menor de 14 años de edad durante varias sesiones de fotos realizada en su estudio profesional de la localidad sevillana de Mairena del Alcor, todo ello mientras la madre y las hermanas de la víctima esperaban en una habitación contigua.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal rechaza el recurso interpuesto por el imputado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que lo condenó a cuatro años de prisión por un delito de abusos sexuales con introducción de miembro corporal y a dos años de cárcel por sendos delitos de abusos sexuales, así como al pago de una indemnización de 6.200 euros por los daños morales y las lesiones.

Los hechos tuvieron lugar en 2007, cuando el padre de la menor tuvo un encuentro "casual" con el acusado, fotógrafo profesional al que conocía de haber realizado con anterioridad varios reportajes con ocasión de celebraciones familiares, y en esa conversación el imputado se ofreció a realizar a la víctima un reportaje fotográfico, afirmando que los realizaba para casting para Canal Sur donde presentaría las fotos que tomase.

A los padres de la menor lo anterior les pareció buena idea, por lo que quedaron en que las sesiones de fotos se realizarían en el estudio profesional del procesado, tras lo que llegaron a celebrarse tres sesiones, la primera de ellas en enero de 2007, la segunda en el mes de febrero y la tercera el 24 de abril, según el auto consultado por Europa Press.

La menor acudió a todas estas sesiones acompañada, en la primera de ellas de su madre y dos hermanas pequeñas; en la segunda de las mismas personas y además de una prima, si bien la madre se ausentó al poco de comenzar, y en la tercera por sus dos hermanas y la prima, aunque a petición del acusado los acompañantes no estuvieron presentes en las sesiones de fotos, permaneciendo en un pequeño cuarto contiguo al estudio con la puerta cerrada.

Tres sesiones de fotos

En la primera de las sesiones, la menor fue fotografiada vestida de calle, si bien se quitó el sujetador a petición del acusado, quien le tocó los pechos por debajo de la ropa con la explicación de que tenía que realzarlos para que se notaran más en las fotos, "si bien lo hizo para satisfacer sus deseos libidinosos sobre la menor".

En la segunda sesión, el acusado fotografió a la víctima con varios modelos de bikini y, con la misma excusa profesional de resaltar los senos "y camuflar sus reales deseos lúbricos", volvió a tocarle los pechos y también los pezones, así como la ingle, esto último "con el pretexto de que había que esconder el vello púbico para que no saliese en las fotos".

Asimismo, y ya en la última sesión, que "fue buscada de propósito" por el imputado "con la excusa de que se habían perdido las anteriores fotos", el acusado "chupó" los pechos de la menor "diciéndole que era para agrandar el pezón" y también le introdujo los dedos en la vagina.

El acusado recurrió la condena alegando que no existen pruebas contra él y que el testimonio de la menor no reúne los requisitos para ser considerado prueba de cargo suficiente para destruir su presunción de inocencia, pero el Supremo considera que la declaración de la menor ha sido "persistente y uniforme", ya que "las matizaciones que ofrece en su relato en el juicio lo son sobre aspectos puramente secundarios, y matizando algún punto con la intención de ajustarse al máximo a lo realmente sucedido, lo que viene a dotar si cabe de mayor credibilidad" a su relato.

Relato "inconsistente" del acusado

La menor "narró descriptivamente cómo y dónde sucedieron los hechos y en qué consistieron en cada caso los abusos", asegura el Supremo, que indica que el testimonio de la menor viene corroborado por el informe psicológico, según el cual el relato de la afectada es "probablemente veraz", por el informe forense de lesiones, "que viene a confirmar las sufridas en el último episodio, cuando el acusado le introdujo los dedos en la vagina", y por las declaraciones de los padres de la menor y de otros familiares.

Frente a ello, la declaración del acusado "resultó inconsistente", ya que "ofreció diferentes versiones en sus diversas declaraciones, tratando en fin de justificar su conducta cuando reconoció los tocamientos en los pechos y en la zona de las ingles, para finalmente en el juicio venir a negar la existencia de esos tocamientos".

El Supremo, por todo ello, considera que "no cabe hablar de ninguna vulneración del derecho a la presunción de inocencia", ya que "existió prueba de cargo, debidamente valorada por el tribunal y suficiente para justificar la condena del acusado".

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