La Junta regula el aprovechamiento de piña con el fin de frenar el incremento de robos

La Junta de Castilla y León ha publicado este miércoles la reforma de la norma que regula el aprovechamiento de piña piñonera cerrada con el objetivo de frenar el incremento de robos denunciados por los propietarios de montes.
Piñas incautadas por la Guardia Civil.
Piñas incautadas por la Guardia Civil.
EUROPA PRESS/GUARDIA CIVIL
Piñas incautadas por la Guardia Civil.

La Junta de Castilla y León ha publicado este miércoles la reforma de la norma que regula el aprovechamiento de piña piñonera cerrada con el objetivo de frenar el incremento de robos denunciados por los propietarios de montes.

La nueva regulación, según recoge el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de este miércoles, busca dar mayores garantías a los propietarios de pinares y montes, con el requerimiento de la previa obtención de la correspondiente licencia de aprovechamiento expedida por el Servicio Territorial con competencia en materia de montes.

Será obligatorio para el titular del aprovechamiento la solicitud de la autorización en el plazo de un mes desde la adjudicación definitiva, del ingreso del porcentaje correspondiente a la obligación de mejoras, y el de los demás gastos derivados de la realización de las operaciones facultativa.

Los cambios, según la Junta, pretenden "complementar las garantías para los propietarios de los pinares y los titulares de los aprovechamientos de piña", pasando en los montes no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, del régimen de comunicación para el aprovechamiento al de autorización previa y preceptiva, decisión que se justifica "por una razón imperiosa de interés general".

En definitiva, se espera garantizar el cumplimiento de la legalidad en materia de extracción y comercialización de este producto, y poner "el mayor número de trabas a las prácticas fraudulentas en el sector, para evitar, en la medida de los posible, el incremento de los robos de piña en monte denunciados por los propietarios".

Así se justifica esta modificación para garantizar la seguridad pública demandada y, por otra parte, en un criterio de proporcionalidad, al ser el régimen de autorización el instrumento más adecuado para garantizar la consecución del objetivo que se persigue porque "no existen otras medidas menos restrictivas que permitan obtener el mismo resultado".

El Servicio Territorial con competencia en materia de montes dispone del plazo máximo de un mes para resolver y notificar sobre el otorgamiento de la licencia, desde el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el apartado anterior. El vencimiento de dicho plazo máximo sin notificación de la resolución habilita al interesado para entender concedida la licencia de aprovechamiento.

El adjudicatario será el responsable en todo momento de las operaciones de aprovechamiento.

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