Acusaciones subrayan la "saña desmedida" del acusado de asesinar a su primo en una gasolinera

La defensa sostiene que actuó condicionado por "ideas delirantes debido a intoxicación por cannabis"

Fiscal y acusación particular han asegurado este miércoles que el acusado de asesinar a su primo a puñaladas a la salida de una gasolinera de El Ejido (Almería) actuó con "una violencia desmedida y con gran saña", y han remarcado que "sabía" lo que hacía "perfectamente" frente a la tesis de la defensa, que ha sostenido que sufrió una "intoxicación por cannabis" que le hacía tener un "conocimiento distorsionado de la realidad".

En el trámite de informes de la vista con tribunal de jurado que se celebra desde el día 14 en la Audiencia Provincial de Almería, el fiscal ha elevado a definitivo su escrito de acusación contra J.A.S. aunque ha modificado la calificación de las lesiones que sufrió la víctima de "cortantes a penetrantes" al considerar acreditado que las 23 puñaladas se asestaron con la intención de causar un "sufrimiento innecesario" y sin que el fallecido "pudiese defenderse".

Durante su alegato, y tras señalar lo incuestionable de que el acusado mató en agosto de 2013 a su primo político, ha subrayado que había sido una decisión "planeada previamente como demuestra el hecho de que comprase una navaja horas antes o que le pidiera a su mujer que avisase precisamente a ese familiar y no a otro para que le llevase al hospital en coche".

El fiscal, quien pide 24 años de prisión, ha aludido, en esta línea, a lo "rápido y fulgurante" del ataque por el que J.A.S. asestó "hasta 23 puñaladas, no todas ellas necesarias —ha añadido— para causarle la muerte" al tiempo que ha apuntado al "escenario del crimen plagado de sangre o la fractura de los huesos" para evidenciar la "brutalidad de la agresión".

Ha asegurado que "llama la atención" que "fuese al médico armado" y lo que ha calificado de "la selección de recuerdos" del procesado, quien afirma no recordar el momento exacto del apuñalamiento "pero sí el antes y el después" y ha considerado acreditada la "imputabilidad" de J.A.S.

"No hay corroboración objetiva de que estuviese bajo influencia de tóxicos o presentase enfermedad o trastorno psíquico y solo se apunta a una reducción, si fuera, parcial de sus capacidades pero todo sin datos objetivos", ha concluido para rechazar que concurran las atenuantes tanto de trastorno como de confesión.

Por su parte, la letrada de la acusación particular ha cuestionado que tal y como ha sostenido el procesado como las dos vías principales de defensa que "oyese la voz de Dios que le decía que le tenía que matar" o que "le echaban polvos en la comida".

"El que cambiase el cuerpo del asiento del conductor al del copiloto, que limpiara el arma o que se cambiara de ropa, sumado a que finjiese un dolor de estómago hacen pensar a cualquier persona con sentido común que no actuó a lo loco, sino conforme a un plan preconcebido, que lo tenía todo más que pensado", ha trasladado al los miembros del jurado.

La letrada ha asegurado que la versión de J.A.S pretende "ocultar lo que es más evidente, un ataque brutal y desmedido en el que, además de darle 23 puñaladas, le cogió la cabeza y la estampó contra el volante". "Sabía perfectamente lo que hacía, lo hizo de manera sorpresiva e inesperada, quería matarlo porque le tenía mucho odio ya que defendía a la persona que creía que tenía una relación extramatrimonial con su mujer".

DEFENSA

Por su parte, la defensa, que califica los hechos como homicidio con dos atenuantes, ha insistido en que su patrocinado actuó bajo "ideas delirantes que le impidió conocer la naturaleza y gravedad de los hechos que iba a cometer" y ha hecho alusión a que "incluso 24 horas después dijo a los agentes que Dios le había dicho que lo hiciera".

Ha considerado ante los miembros del jurado que ha quedado demostrado que "él mismo pidió que llamase a la Guardia Civil y que confesó al entregarse antes de prestar declaración" y ha apuntando como "prueba" de que no lo hizo previo plan preconcebido que "no puso a su familia y cinco hijos a resguardo pese a saber la ley que impera en su etnia, la gitana".

En esta línea, ha justificado que no se entregase en las primeras horas "hasta que perdió el arma, por miedo a represalias" y ha calificado a J.A.S. como una "víctima de su trastorno" al tiempo que ha subrayado que la víctima si se defendió "al interponer los brazos e intentar arrebatarle el arma".

El relato de los hechos del Ministerio Público apunta a que J.A.S. tenía la "firme decisión de acabar con la vida de su primo" y con ese objetivo, en la madrugada del 24 de agosto de 2013 habría puesto en marcha el plan.

El fallecido accedió cuando la mujer le pidió que les llevase al centro de salud y los tres se subieron al coche. De camino, a las 03,15 horas, se detuvieron en una gasolinera del núcleo urbano de Santa María del Águila para repostar y, al reiniciar la marcha y parar en el cruce de acceso de la A-7, fue cuando presuntamente el procesado sacó la navaja comprada días antes y que llevaba oculta entre la ropa.

Fue la esposa del procesado quien, tras presenciar los hechos desde el asiento trasero y abandonar de forma precipitada el vehículo, dio la voz de alarma "pidiendo ayuda en la gasolinera".

Mientras, tal y como recoge la calificación provisional de los hechos, J.A.S. aprovechó para emprender la huida y condujo el coche hasta el paraje del Pozo de la Tía Manolica, donde lo abandonó con el cuerpo sin vida de la víctima en su interior.

El arma homicida fue recuperada en el transcurso de la investigación de la Guardia Civil en una zona de invernaderos de Matagorda en la que presuntamente se deshizo de ella el procesado. En el momento de ser asesinado, la víctima convivía con su pareja de hecho y los dos hijos en común de ambos, así como con sus padres.

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