Publicada la Ley de Protección de la Infancia de C-LM que obliga a garantizar la protección de la salud del nasciturus

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la Ley de Protección Social Jurídica de la Infancia, que recoge, entre otras cosas, que los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias para que se garantice la asistencia sanitaria y la protección de la salud del nasciturus. Esta ley entrará en vigor dentro de un mes.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la Ley de Protección Social Jurídica de la Infancia, que recoge, entre otras cosas, que los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias para que se garantice la asistencia sanitaria y la protección de la salud del nasciturus. Esta ley entrará en vigor dentro de un mes.

Según publica el DOCM y recoge Europa Press, dado el tiempo transcurrido desde que entró en vigor la anterior norma, en 1999, el Ejecutivo regional ha considerado necesario promulgar una nueva ley para profundizar en la protección y promoción de la infancia y la adolescencia, ya que resulta manifiesta la obsolescencia de la anterior ley.

Por ello, ha renovado el marco normativo en Castilla-La Mancha de la protección jurídica de la infancia y adolescencia para adaptarla a las necesidades actuales de las familias, al objeto de que estas puedan seguir conservando en la sociedad su función de pilar básico para el desarrollo armonioso y equilibrado del niño o adolescente.

Así, esta nueva norma va a establecer las medidas efectivas para garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de los menores que residan o se encuentren en Castilla-La Mancha, en consideración a su especial vulnerabilidad dentro de la sociedad y en cumplimiento de la obligación de los poderes públicos de satisfacer sus necesidades específicas para que puedan alcanzar una vida adulta plena.

Figuras de riesgo y desamparo

También define y delimita las instituciones de protección de los menores en Castilla-La Mancha a través de las figuras de riesgo, desamparo y, como respuesta a una nueva carencia social, creaando el tercer perfil de protección a través de la declaración de los menores con conductas inadaptadas.

De igual modo, distribuye las competencias en materia de protección a través de los distintos órganos y servicios de la Administración Autonómica al objeto de simplificar su ejercicio mediante procedimientos administrativos más ágiles y la creación de las Comisiones Provinciales de Tutela y Guarda de Menores y de la Comisión Regional de Adopción.

La nueva ley también fomenta el acogimiento familiar, especialmente en las modalidades especializado y de hogar funcional, como instrumento fundamental junto con la adopción para la efectiva consecución de su derecho a crecer en una familia.

Favorece las medidas alternativas al internamiento en el ámbito de la responsabilidad penal de los menores infractores y fomenta la mediación extrajudicial como mecanismo de conciliación y reparación entre el menor infractor y la víctima.

Tipificación del absentismo escolar

La nueva norma en materia de infancia y adolescencia también favorece la colaboración de la Administración regional con la Fiscalía en la conciliación y reparación del daño como método alternativo al procedimiento judicial de menores.

Así las cosas, crea un régimen sancionador más eficaz, que conlleve sanciones accesorias a las tradicionales multas de carácter pecuniario para lograr la plena garantía de los derechos de los menores, entre ellos y especialmente, el derecho a la educación mediante la tipificación del absentismo escolar.

Por último, contempla que la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha tendrá entre sus prioridades presupuestarias las actividades de prevención, atención y reintegración social de la infancia y la adolescencia.

La Ley de Protección Social Jurídica de la Infancia se estructura en nueve títulos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.

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