Mañana, 25 de abril, día en que se conmemora la Batalla de Almansa, la emisora de Acció Cultural del País Valencià (ACPV) en Valencia no será clusurada. Sí lo podrá ser, en cambio, la situada en el Pozo de las Nieves, en la localidad de Xixona (Alicante).
La jueza ha denegado la entrada al repetidor situado en la cima de Mondúver y que había sido solicitada por la Generalitat en el expediente sancionador contra esta asociación cívica por realizar las emisiones sin la licencia administrativa correspondiente.
Sin embargo, el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Alicante concede autorización a la Administración autonómica para entrar en el centro reemisor de televisión situado en el Pozo de las Nieves, en la serra de la Carrasqueta de la localidad de Xixona (Alicante), desde el que ACPV realiza las emisiones de TV3.
Acció Cultural ha desconvocado las movilizaciones de protesta por el cierre del repetidor, según explicó en rueda de prensa el presidente de la asociación, Eliseu Climent. La abogada de ACPV, Mercé Teodoro, mostró además su satisfacción por la decisión judicial y confió en que, después de ella, la Generalitat "reconsidere su postura inicial y renuncie al cierre de las emisiones de TV3".
La titular del juzgado de Valencia entiende que una medida como el cierre provisional de las emisiones "resulta desproporcionada" y que además, de haberse aceptado, "podría verse afectado el derecho fundamental de comunicar o recibir información por cualquier medio de comunicación", protegido en el artículo 20 de la Constitución.
La juez estima que "no se aprecia ningún daño para el interés público" en el hecho de que "se emitan programas de una televisión pública de una comunidad autónoma que podrían llevarse a cabo mediante un convenio entre comunidades autónomas para permitir la emisión de programas de las televisiones autonómicas respectivas".
Cierre en Alicante
Con respecto al repetidor de Alicante, la resolución judicial establece que la entrada en las instalaciones deberá efectuarse "en un plazo máximo de 10 días" y observarse en su ejecución "el máximo respeto a los derechos fundamentales y libertades de la persona". También señala que deberá darse cuenta al juzgado de las actuaciones realizadas.
El Gobierno valenciano tiene previsto ejecutar este cierre, aunque no ha precisado en qué fecha lo hará, según informaron fuentes de la Generalitat.
Salvaguardar derechos consitucionales
El juzgado de Valencia considera que "se ven afectados derechos fundamentales y libertades públicas protegidos en el artículo 20 de la Constitución". Además, recuerda que se trata de la ejecución forzosa de una medida provisional, dictada en el momento de inicio de un expediente sancionador, cuando la materia de la que se trata no es "la emisión de una televisión clandestina, sino de una televisión pública autonómica".
El Consell había solicitado, como medida provisional, la ejecución forzosa del cierre de las emisiones desde los repetidores ubicados en las provincias de Valencia, Castellón y Alicante mientras se resuelve este expediente sancionador.
El juzgado de Valencia ha sido el primero en pronunciarse sobre la petición de autorización judicial de entrada en el repetidor del Mondúver, y está pendiente de que se resuelvan las solicitudes realizadas en el mismo sentido en juzgados de Alicante y Castellón, aunque en estos dos casos no existía fecha de ejecución.
Solución técnica
Por otro lado, sobre la posición favorable del ministro de Industria, Joan Clos, a facilitar la solución técnica para garantizar la emisión recíproca de TV3 y Canal 9 en ambas comunidades, El Conseller Climent indicó que la negociación "acaba de empezar" y que se necesitaría "seguramente un replanteamiento de todo el mapa radioeléctrico del Estado".
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