Magdalena Álvarez, contenta con la anulación de fianza civil, dice que "se va demostrando que no hay mucho fundamento"

La exconsejera de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía Magdalena Álvarez se ha mostrado este viernes "muy contenta" después de que la Audiencia de Sevilla haya anulado la fianza de responsabilidad civil de 29.568.129,20 euros que le impuso la juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares. "Poco a poco se va demostrando que no hay mucho fundamento para lo que está pasando", ha manifestado.
Magdalena Álvarez, directora del BEI
Magdalena Álvarez, directora del BEI
EUROPA PRESS
Magdalena Álvarez, directora del BEI

La exconsejera de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía Magdalena Álvarez se ha mostrado este viernes "muy contenta" después de que la Audiencia de Sevilla haya anulado la fianza de responsabilidad civil de 29.568.129,20 euros que le impuso la juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares. "Poco a poco se va demostrando que no hay mucho fundamento para lo que está pasando", ha manifestado.

Así lo ha asegurado en declaraciones a Europa Press Álvarez, que ha asistido al acto de apertura del curso universitario en Málaga, al ser cuestionada por la decisión de la Audiencia de estimar el recurso interpuesto por su defensa, al que se adhirió la Fiscalía Anticorrupción, "debiendo dejarse sin efecto las medidas que en su cumplimiento haya podido adoptar" el Juzgado, como son los embargos trabados sobre una decena de bienes inmuebles y cinco cuentas corrientes propiedad de la exconsejera.

En su primera comparecencia para declarar como imputada, celebrada el día 8 de octubre de 2013, ni la Fiscalía Anticorrupción ni la acusación que ejerce la Junta pidieron medida alguna para la imputada, mientras que el sindicato Manos Limpias solicitó a la juez que le impusiera una fianza de responsabilidad civil de 125 millones de euros, más el tercio legal previsto.

En su recurso, y entre otros motivos, el abogado de la imputada pidió la nulidad del auto "por vulneración del derecho a la presunción de inocencia al efectuarse en el auto un juicio anticipado de culpabilidad, desbordando las funciones propias del juez de Instrucción", ello en relación al hecho de que la juez aseverara que la fianza se impone ante la "probabilidad cierta" de que vaya a ser condenada por los delitos que se le atribuyen.

El abogado de Magdalena Álvarez, Horacio Oliva, también recurrió la fianza civil impuesta al entender que "no responde a la existencia de indicios sólidos de criminalidad, toda vez que la propia imputación de mi representada está sostenida en sospechas infundadas, errores sustantivos, generalizaciones indebidas y en una inasumible exégesis de la legalidad".

La Audiencia Provincial analiza ambos motivos de manera conjunta y recuerda que el pasado mes de mayo confirmó la imputación de la exconsejera en un auto donde "hablamos de razonables y fundadas sospechas suficientes para ampliar la instrucción a lo ocurrido a partir, reiteramos, de la aparición como método para dejar de lado el procedimiento adecuado en el otorgamiento de subvenciones sociolaborales y ayudas a empresas en crisis, de la técnica de las transferencias de financiación".

Pero, añade, "no puede decirse que por la complejidad de su propio contenido la apariencia delictiva de este novedoso objeto procesal fuera 'prima facie' de tan severa intensidad como en otros supuestos de hechos objeto de la investigación judicial en los que desde un principio se adoptaron medidas cautelares sobre el patrimonio de los afectados.

Todo ello, añade, "siendo patente que el necesario y exigible esclarecimiento de tamaños hechos, que afectarían al funcionamiento del gobierno autonómico andaluz en diversas legislaturas, habría de comprender una compleja instrucción hasta llegar a contrastar aquellas razonables y fundadas sospechas de forma que deviniesen, en su caso, sólidos indicios racionales de criminalidad que justificasen la adopción de la medida cautelar" impuesta a Magdalena Álvarez "al modo exigido por el artículo 589 de la ley penal de ritos".

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