PSOE e IU votan contra la Ley de Prevención Ambiental por excluir la regulación de proyectos como el 'fracking'

Los votos del PP posibilitan la aprobación de la normativa que pretende impulsar actividad económica y agilizar trámites

El Grupo Parlamentario Socialista y el procurador de IU han votado este miércoles en contra de la Ley de Prevención Ambiental, ya que, entre otros argumentos, han defendido que la normativa excluye la regulación de determinados proyectos de investigación medioambiental como puede ser el 'fracking'.

A pesar del voto el contra la normativa ha salido adelante con el respaldo del PP y la abstención de procurador de UPL. Así, como ha defendido el consejero de Fomento, Antonio Silván, con la Ley se pretende impulsar la actividad económica y agilizar trámites.

En concreto, al Pleno de las Cortes llegaron vivas 91 enmiendas parciales del PSOE, 31 de IU y ocho de UPL. Así, la procuradora socialista Ana María Muñoz de la Peña ha insistido en que esta normativa es "perjudicial" para el medio ambiente al "excluir" proyecto de investigación como el 'fracking', algo que ha sido respaldado tanto por el procurador de IU, José María González, como por el del UPL, Alejandro Valderas.

Sin embargo, los procuradores del PP Francisco Julián Ramos Manzano y José Domingo Martínez Antolín han defendido que el hecho de que proyectos de investigación o prácticas como el 'fracking' no aparezca en la normativa no significa que no exista una regulación adecuada al respecto, ya que "están sometidos están sometidos a la evaluación de impacto ambiental, como establece la normativa estatal".

La procuradora socialista en su turno de intervención ante la Cámara ha defendido las 91 enmiendas que su Grupo ha mantenido para su debate en este Pleno y que abordan distintas "carencias" de una normativa que, a su juicio, "no es ágil, no es participativa y restringe derechos".

De este modo, Muñoz de la Peña se ha mostrado en contra de que empresas privadas se encarguen de determinadas inspecciones que, a su juicio, deben ser realizadas por personal público, lo que además supone un "coste innecesario" para las empresas. "La Consejería no debe renunciar a competencias de inspección".

Para la procuradora socialista la normativa deja a los ayuntamientos que carecen de recursos para tramitaciones ambientales "desamparados" y "resta participación" a los órganos colegidos, tras lo que ha considerado que la "simplificación" que se persigue no se lleva a cabo porque incluye "cargas administrativas nuevas" para el promotor

"En base a la agilización nunca se puede restar participación y coordinación ambiental", ha aseverado.

Ante esta argumentación, el procurador 'popular' Francisco Julián Ramos Manzano ha asegurado que el PP tiene una visión "totalmente diferente" de la normativa a la dibujada por Muñoz de la Peña y que se basa en el "optimismo y positivismo", ya que se avanza en el "apoyo a emprendedores", se busca "agilizar trámites" y "solucionar problemas.

"La ley trata de evitar duplicidades y también aligerar cargas administrativas en sintonía con las leyes estatales", ha señalado, tras lo que ha rechazado las enmiendas socialista porque a su juicio "aportan confusión y no enriquecen el texto".

La ley

Silván ha explicado que con esta Ley se persigue una mayor "eficiencia", a la vez que simplificación y un ahorro de costes tanto para la Administración como para los promotores de proyectos que requieran una autorización ambiental de los diferentes tipos que fija la ley, pero además trata de que exista una mayor seguridad jurídica y se potencia el uso de las nuevas tecnologías favoreciendo el uso electrónico.

La normativa establece los permisos con los que deben de contar los proyectos o actividades tanto públicos como privados susceptibles de afectar al medio ambiente y, en función de esa afección, se acogen a un régimen de control u otro, que requerirá una autorización, licencia o comunicación ambiental o, en caso de los de mayor repercusión, una Evaluación de Impacto Ambiental.

Así, con el fin de una mayor racionalización y agilización administrativa, en cuanto a la autorización ambiental, se favorece la simultaneidad en la tramitación administrativa en los informes que han de emitir los diferentes órganos competentes -Junta de Castilla y León, Confederación Hidrográfica y Ayuntamientos, principalmente-.

En la tramitación de la autorización ambiental, que se refiere a instalaciones y actividades más contaminantes y por tanto requiere una actuación más exigente, se favorece el uso de las nuevas tecnologías y la coordinación entre los diferentes organismos.

También se da mayor precisión a las actuaciones previas, detallando toda la documentación a presentar, el contenido de los informes municipales, es decir, concretar desde el inicio del procedimiento evitando trámites innecesarios que dilatan en el tiempo la gestión del proyecto tanto por parte del promotor como de las administraciones.

Además, se establece que la licencia urbanística solo se otorgará posteriormente al otorgamiento de la autorización ambiental cuando la actividad se desarrolle en suelo rústico y se suprime la renovación de la autorización ambiental a solicitud del titular una vez transcurridos ocho años desde su otorgamiento.

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