La Junta dará dos años a los ayuntamientos para identificar construcciones en suelo no urbanizable

Serrano prevé que la modificación de la LOUA esté aprobada en un plazo máximo de cuatro meses
La consejera de Medio Ambiente, María Jesús Serrano, en rueda de prensa
La consejera de Medio Ambiente, María Jesús Serrano, en rueda de prensa
EUROPA PRESS/JUNTA
La consejera de Medio Ambiente, María Jesús Serrano, en rueda de prensa

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha dado luz verde este martes al inicio de la tramitación del anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) para incorporar medidas urgentes en relación a las edificaciones de uso residencial construidas sobre parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable, que fijará un plazo de dos años para que los ayuntamientos procedan a identificar e inventariar este tipo de construcciones.

Según ha explicado en rueda de prensa la consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, María Jesús Serrano, esta modificación afecta a los artículos 185.2, 68.2 y 183.2 de la citada ley y permitirá regularizar entre 20.000 y 25.000 viviendas en toda Andalucía, lo cual, es un acto de "justicia social" para los "compradores de buena fe" y no supondrá una "amnistía" ni una "legalización", sino que únicamente permitirá a estas viviendas, hasta ahora en un "limbo jurídico", acogerse a esta "nueva opción de regularización" de viviendas con fines "no especulativos".

"Se pretende eliminar la incertidumbre la desigualdad de trato en la que se encontraban las edificaciones aisladas destinadas a uso residencial construidas en suelo no urbanizable que se encuentran prescritas y que se sitúan en parcelaciones urbanísticas de poca entidad o escasamente edificadas", ha resumido Serrano, quien ha especificado también que con estos cambios en la LOUA se separará y distinguirá entre "el acto de la construcción de la vivienda y el de la parcelación, dos acciones que hasta ahora estaban intrínsecamente ligadas".

Serrano ha querido dejar claro, no obstante, que esto "no suprime la imprescriptibilidad de las parcelaciones ni de los actos de parcelación" porque se trata de "una prohibición disuasoria esencial en la disciplina urbanística" que la Junta "nunca ha barajado" eliminar porque la considera "un dogma de fe".

La consejera también ha recalcado que no podrán acogerse a esta nueva regularización aquellas construcciones de menos de seis años de antigüedad, ni las que se encuentren inmersas en un "proceso administrativo o judicial" ni tampoco las ubicadas en terrenos de especial protección, zonas inundables, parque natural o equipamientos de zonas verdes. Además, una vez regularizadas, sus propietarios no podrán realizar obras de ampliación.

La norma, que la Junta pretende que esté en vigor en "un tiempo máximo de cuatro meses", dará seguridad jurídica a titulares de viviendas localizadas en pequeñas parcelaciones sobre las que ya no se pueden ejercer acciones disciplinarias, al abrir la posibilidad de aplicarles el régimen de asimilado al de fuera de ordenación (AFO).

Los propietarios podrán así inscribirlas en los registros de la propiedad y acceder a servicios básicos de luz y agua. Asimismo, estos titulares deberán adoptar medidas correctoras urgentes para eliminar los impactos paisajísticos o ambientales que pudieran haberse producido, especialmente sobre los recursos hídricos. En el caso de edificaciones en parcelas que tengan la condición de asentamientos, la regularización se realizará a través de la incorporación de los mismos al planeamiento urbanístico.

Dos meses de plazo para los ayuntamientos

Tras subrayar que el texto aprobado por el Consejo de Gobierno es fruto del acuerdo y diálogo entre PSOE-A e IULV-CA y que "ninguno ha cedido" respecto al otro, la titular de Medio Ambiente ha indicado que la modificación legal incluye también dos disposiciones adicionales dirigidas a reforzar el proceso de identificación de edificaciones en suelo no urbanizable y garantizar el acceso a la información urbanística.

En la primera, se establece que los ayuntamientos deberán iniciar en un plazo de dos años la redacción del avance de planeamiento, instrumento necesario para la identificación de las viviendas y la aplicación del régimen AFO. La segunda, obliga a las corporaciones a responder en un plazo máximo de dos meses a las consultas planteadas por la ciudadanía en relación al régimen urbanístico aplicable a los terrenos y edificaciones en suelo no urbanizable.

Cuestionada sobre si cree que los Ayuntamientos esperarán a que pasen los dos años para que sea la Junta la que haga el inventario de estas viviendas, Serrano se ha mostrado "convencida" de que las corporaciones locales, pese a que a lo mejor no dispongan de "medios adecuados", serán las "primeras" interesadas en realizar este avance de planeamiento como paso previo a la regularización de las construcciones.

Hasta el momento, según ha detallado Serrano, han sido 271 ayuntamientos andaluces los que ya han trasladado a la Junta datos sobre las construcciones de estas características en sus respectivos territorios, de los cuales, 163 son declaraciones de innecesariedad, 48 avances en trámites y 60 avances aprobados.

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