Emaya entrega al comité una propuesta de acuerdo de máximos con 5 puntos que atienden a "criterios de responsabilidad"

La dirección de Emaya ha entregado este miércoles a los miembros del comité de empresa de Medio Ambiente un documento de máximos "atendiendo a criterios de responsabilidad y con el ánimo de alcanzar acuerdos viables económicamente para la supervivencia" de la empresa y que redunden en una mejora de la organización y de las condiciones de trabajo.

La dirección de Emaya ha entregado este miércoles a los miembros del comité de empresa de Medio Ambiente un documento de máximos "atendiendo a criterios de responsabilidad y con el ánimo de alcanzar acuerdos viables económicamente para la supervivencia" de la empresa y que redunden en una mejora de la organización y de las condiciones de trabajo.

Según ha informado el Ayuntamiento de Palma en un comunicado, la dirección ha concretado que este documento de máximos es una propuesta de acuerdo que, "en ningún caso puede ni debe entenderse como una plataforma inicial de negociación si atendemos a la falta de propuestas de la representación social en los dos meses de negociación".

En este sentido, la dirección ha considerado "ineficaz" el proceso negociador "tras las nueve reuniones celebradas", lo que dio pie a convocar a cada sección sindical por separado "para explorar marcos más reducidos y eficientes en los que pudiesen aflorar propuestas concretas para su desarrollo posterior". De las seis secciones sindicales, dicen, sólo Sitemaya asistió a las reuniones convocadas.

"Ante la falta de concreción de propuestas sindicales, la dirección entiende que sus exigencias se condensan en el incremento generalizado de plantillas y la intervención directa del comité en toda la organización del trabajo".

El documento de máximos consta de cinco puntos como son las propuestas tendentes a reforzar los servicios que actualmente presta la empresa con impacto directo en la mejora de las condiciones de trabajo de sus empleados, las propuestas para mejorar la ejecución de los servicios que actualmente se prestan, las que pretenden asegurar la plantilla actualmente existente y reforzar determinados servicios, los que buscan ratificar los acuerdos alcanzados y las medidas tendentes a reducir la conflictividad y propiciar el diálogo.

De entre el documento de máximos la dirección destaca, la propuesta de contratación de los futuros refuerzos eventuales mediante la categoría profesional de peón, un perfil profesional establecido en el convenio colectivo estatal al que se remite expresamente el convenio colectivo de Emaya Medio Ambiente en su artículo 6.

Esta categoría se utilizaría para cubrir las necesidades puntuales y no afectaría ni modificaría las condiciones laborales o salariales de las categorías existentes. Con una retribución anual brutal de 16.000 euros, la mitad de lo que perciben de media los peones especialistas de Emaya, el peón de refuerzo, ya planteado en la pasada legislatura como peón ordinario, se incorporaría al servicio mediante los servicios públicos de empleo, no requeriría de especialización profesional ni técnica y tendría como misión colaborar y ayudar en cualquier servicio de la empresa que no comporte la conducción de vehículos o el uso de maquinaria que no sea manual.

Cort también destaca la propuesta de ratificación de los acuerdos sobre el pago de domingos y festivos tal y como se pactó con el comité de empresa el 10 de abril de 2014 en el Tamib y la aplicación de un procedimiento específico de resolución de conflicto como paso previo a la convocatoria de huelga, que si bien la empresa reconoce como un derecho del trabajador, también entiende que ha sido un recurso constante y antepuesto a cualquier otra vía de defensa de las reivindicaciones laborales durante el último año, a razón de una amenaza cada tres meses.

Según la dirección, la propuesta de acuerdo entregada "viene a reforzar nuestro compromiso para mantener un clima de diálogo y respeto mutuo en pro de unas relaciones laborales distendidas y de confianza, solventando los conflictos y diferencias que puedan surgir con sujeción a unas normas mínimas de ética profesional".

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