El Consejo de Estado ha aprobado este domingo por unanimidad los dictámenes en los que apoya que el Gobierno recurra ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria de la consulta soberanista del 9 de noviembre.
Fuentes del Consejo de Estado han confirmado que la Comisión Permanente, integrada por el presidente, José Manuel Romay Beccaría, y los consejeros permanentes, que la reunión de dicha Comisión ha finalizado poco antes de las 21.00 horas con la aprobación, por unanimidad, de los dos dictámenes favorables a la presentación del recurso.
El Consejo de Estado reunió este domingo por la tarde a su Comisión Permanente para aprobar el dictamen (que es preceptivo aunque no vinculante) de los dos recursos que el Gobierno piensa interponer este lunes ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria de la consulta soberanista del 9 de noviembre.
Quién conforma el Consejo de Estado
El Consejo de Estado es el órgano consultivo del Gobierno que emite dictámenes a petición del Presidente del Gobierno o los Ministros, así como los Presidentes de las Comunidades Autónomas, según recoge esta institución en su propia página web.
Está presidido por José Manuel Romay Beccaría (exministro en el Gobierno de José María Aznar), y varios consejeros permanentes: la exvicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, Miguel Herrero de Miñón, Landelino Lavilla, Alberto Aza, Miguel Rodríguez-Piñero, entre otros.
Los pasos para frenar la consulta
Con la petición de los dictámenes al Consejo de Estado, el Gobierno inició este sábado los trámites para recurrir ante el Tribunal Constitucional la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria del referéndum soberanista del 9 de noviembre que, según ha dicho la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría, "no se va a celebrar porque es inconstitucional".
Con este informe ya en su poder, el Gobierno aprobará este lunes los recursos y dará instrucciones a la Abogacía del Estado para que los presente ante el Tribunal Constitucional. Una vez presentados, el Constitucional deberá decidir cuándo convoca un pleno extraordinario para debatirlo, ya que no hay ninguno ordinario previsto para la próxima semana. El presidente del TC tiene entre sus atribuciones la convocatoria del pleno, según establece el artículo 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
También el Reglamento de la institución recoge, en su artículo 4, que el presidente convocará el pleno por propia iniciativa y cuando lo pidan, al menos, tres magistrados.
La convocatoria del pleno se hará con tres días de antelación, salvo que, a juicio del presidente, "la urgencia del caso no permita cumplir ese plazo", según la normativa.
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