La Junta recurrirá al Constitucional la regulación estatal sobre energías renovables y horarios comerciales

El Consejo de Gobierno de la Junta ha autorizado este martes la interposición de dos recursos al Tribunal Constitucional (TC), uno contra tres artículos y una disposición de la Ley del Sector Eléctrico, y otro contra la nueva regulación estatal de horarios comerciales, recogida en el Real Decreto Ley de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Miguel Ángel Vázquez
Miguel Ángel Vázquez
Europa Press/Archivo
Miguel Ángel Vázquez

El Consejo de Gobierno de la Junta ha autorizado este martes la interposición de dos recursos al Tribunal Constitucional (TC), uno contra tres artículos y una disposición de la Ley del Sector Eléctrico, y otro contra la nueva regulación estatal de horarios comerciales, recogida en el Real Decreto Ley de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Así lo ha anunciado en rueda de prensa el portavoz de Gobierno andaluz, Miguel Ángel Vázquez, quien ha explicado que la Ley del Sector Eléctrico perjudica el desarrollo de las energías renovables", mientras que la nueva regulación sobre horarios comerciales, "deja sin contenido" las competencias autonómicas en esta materia y supone un "perjuicio" para las pymes del sector en Andalucía.

Para la Junta, la Ley del Sector Eléctrico vulnera las competencias autonómicas sobre energía en lo relativo al autoconsumo, poniendo en riesgo este elemento clave de la política de fomento de las renovables y limitando las posibilidades de un sector que en Andalucía cuenta con 1.400 empresas y casi 45.000 empleos.

Concretamente, el recurso afecta a los artículos 9, 64.43 y 65.35, así como a la Disposición Final Segunda, cuyas determinaciones se traducirán en una reducción de la rentabilidad de las instalaciones de autoconsumo hasta hacerlas "prácticamente inviables". La norma estatal introduce unas condiciones técnico-económicas que, a la espera del posterior desarrollo reglamentario, anticipan ya un 'peaje' que gravará la electricidad autoconsumida.

El Gobierno andaluz subraya que en ninguna regulación internacional sobre esta materia existe una tasa parecida, "que cambia las reglas del juego, lastra el desarrollo de las energías renovables y contribuye a agravar el continuo encarecimiento del precio de la electricidad, con el consiguiente perjuicio para las economías domésticas y empresariales".

Además de la vulneración de las competencias autonómicas, la Junta señala que la ley estatal carece del consenso con comunidades autónomas, empresas y consumidores. En este sentido, la decisión de presentar el recurso se produce tras la falta de acuerdo durante el proceso de diálogo con el Ejecutivo central en el seno de la Comisión Bilateral de Cooperación.

El recurso autorizado este martes se sumará a los presentados y admitidos a trámite en los dos últimos años contra otras cuatro normas estatales que "ponen en riesgo" el desarrollo de las energías renovables en Andalucía: la Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética; el Real Decreto Ley 2/2013 de medidas urgentes en el sistema eléctrico y en el sector financiero; el Real Decreto Ley 29/2012 de mejora en el sistema especial para empleados de hogar y otras medidas de carácter económico y social, y el Real Decreto Ley 9/2013 de medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.

En su conjunto, la Agencia Andaluza de la Energía calcula en unos 328 millones de euros anuales las pérdidas que provocan en la comunidad las nuevas regulaciones estatales y los cambios en el sistema de retribución, debido a la reducción del once por ciento en los ingresos de las plantas de producción con energías renovables, cogeneración y residuos. Este impacto, que supone una quinta parte del ocasionado a escala nacional, pone en riesgo la viabilidad de estas instalaciones, que dan empleo directo a 3.800 personas en la comunidad autónoma.

Nuevas zonas de gran afluencia turística

En lo que se refiere al recurso contra la regulación estatal de los horarios comerciales, a juicio de la Junta, los artículos 4, 5, 6 y 7 de esta norma estatal, así como su Anexo 1, además de suponer un perjuicio al sector, obligan a las comunidades autónomas a declarar obligatoriamente nuevas ciudades con Zonas de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios comerciales, aunque no lo hayan solicitado y rebajando los criterios que deben cumplir.

En el caso de Andalucía, las poblaciones afectadas son Almería, Jerez de la Frontera (Cádiz) y Marbella (Málaga), que se sumarían a las cuatro que se declararon por imposición del anterior Real Decreto Ley 20/2012, también recurrido por la Junta: Sevilla, Córdoba, Málaga y Granada.

Los preceptos que se recurrirán modifican diversos preceptos de la Ley 1/2004 de Horarios Comerciales para introducir un alto grado de concreción en su regulación. Según el Consejo de Gobierno, este nivel de detalle, que sólo se justifica en el caso de competencias estatales exclusivas y directas, supone una extralimitación que deja sin margen a la comunidad para determinar el régimen de apertura de los establecimientos comerciales.

El Gobierno andaluz subraya que el real decreto ley va más allá de la habilitación que la vigente normativa básica ofrece a las comunidades para declarar la libertad horaria, como ha hecho Madrid en ejercicio de sus competencias, sino que directamente impone una política comercial que impide el desarrollo de las atribuciones autonómicas.

Además de la "invasión" de competencias, la Junta también advierte de la posible vulneración del artículo 86.1 de la Constitución Española por el uso abusivo, arbitrario e inadecuado del instrumento del Real Decreto Ley, para el que la Carta Magna exige la concurrencia de "extraordinaria y urgente necesidad" y de una conexión justificada entre la situación de urgencia y las medidas concretas que se adoptan.

A juicio del Gobierno andaluz, la norma que recurrirá no cumple estos requisitos constitucionales. Por un lado, la coyuntura económica que invoca carece por completo de la nota de imprevisibilidad que justificaría la urgencia, pues responde a una situación de crisis internacional que dura ya más de seis años. Por el otro, la liberalización no produce un incremento del consumo ni de la actividad económica general, que justificaría el carácter extraordinario y urgente de las medidas impuestas.

Ruptura de la competencia

En su acuerdo de autorización del recurso, el Consejo de Gobierno recuerda que en Andalucía ya existe libertad total de horarios comerciales en los supuestos que la Administración autonómica ha establecido en ejercicio de sus competencias: los locales de menos de 300 metros cuadrados; las tiendas de conveniencia; los comercios especializados (fundamentalmente dedicados a venta de pastelería, repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles, flores y plantas), y los establecimientos de estaciones, aeropuertos y de los municipios andaluces declarados Zonas de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios.

La Junta considera que tanto estos supuestos como su regulación de detalle no pueden ser alterados por una norma estatal de ordenación económica general.

El recurso autorizado este martes se suma al ya interpuesto y aceptado a trámite por el TC, por los mismos motivos de inconstitucionalidad, contra otra norma similar de regulación estatal de horarios y rebajas comerciales: el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

La Junta considera que tanto esta norma como la que ahora se recurrirá perjudican al comercio minorista, que no puede hacer frente a la capacidad de las grandes superficies para mantener estrategias basadas en los tiempos de apertura o la reducción de precios. Según el Gobierno andaluz, las medidas que introducen ambos reales decretos rompen el equilibrio de competencia del actual modelo comercial y no garantizan la convivencia de una pluralidad de formatos, como ocurría hasta ahora.

El sector comercial representa el once por ciento del Producto Interior Bruto regional, aglutina a casi 165.000 establecimientos (pymes en un 94 por ciento) y ocupa a 480.000 personas, con una fuerte presencia del autoempleo y del empleo femenino.

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