Una sentencia anula la sanción a una profesora denunciada por supuestos insultos a un alumno

Una sentencia dictada por la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona ha anulado una sanción de 20 días de suspensión de empleo y sueldo impuesta a una profesora denunciada por supuestos insultos a un alumno, a quien además impuso como castigo sentarse al final de la clase y hacer los trabajos solo.

Una sentencia dictada por la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona ha anulado una sanción de 20 días de suspensión de empleo y sueldo impuesta a una profesora denunciada por supuestos insultos a un alumno, a quien además impuso como castigo sentarse al final de la clase y hacer los trabajos solo.

En la sentencia, que es firme, se señala que los hechos ocurrieron el 12 de enero de 2011 en un instituto de Tudela cuando en clase de Filosofía la profesora "faltó el respeto" a un alumno al que profirió insultos como "payaso" y "no vales para nada" en presencia de sus compañeros de clase.

Además, recoge el fallo judicial, la profesora impuso como castigo al alumno de primero de Bachillerato "estar al final del aula y hacer los trabajos solo".

La profesora presentó en septiembre de 2012 un recurso contencioso administrativo contra una Orden Foral por la cual se desestimaba el recurso de alzada que interpuso frente a la sanción de 20 días de suspensión de empleo y sueldo por la comisión de una falta disciplinaria grave.

La sentencia considera que una vez revisado el expediente administrativo y valorada la prueba documental y testifical practicada "no está acreditado suficientemente" que la profesora llamara al alumno "payaso" y "no vales para nada".

Además, señala que "la medida correctora impuesta consistente en dejarlo solo en última fila y en obligarle a hacer los trabajos solo durante un determinado período de tiempo no constituyen una falta de respeto al alumno que es la que se le imputa".

Por otro lado, respecto a las palabras exactas que la profesora dijo al alumno, el fallo judicial indica que "se plantean serias dudas", ya que del testimonio de cuatro alumnos "tres no recuerdan o niegan que le dijera payaso", de tal modo que "no se puede dar por acreditado que la recurrente vertiera ese insulto al alumno".

Por todo esto, la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona considera que "dado que no se ha acreditado suficientemente que la profesora insultara al alumno y que tampoco se aprecia que la medida punitiva impuesta por ella tuviese los efectos que le atribuye la resolución, la conclusión que se extrae es que la conducta de la profesora no es constitutiva de la falta que se le imputa".

No obstante, la juez opina que "las formas y el contexto elegido pudieran llegar a no ser adecuados" y que "una docente, por su edad, por su experiencia y por su mayor juicio, debiera medir mejor sus palabras y valorar sus consecuencias".

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