El director de Suelo de Reyal Urbis declara el 3 de septiembre en Valladolid como imputado por el 'caso Uralita'

El instructor de la causa atiende así la petición de la Fiscalía vallisoletana

El director general de Suelo, Urbanismo y Patrimonio de Reyal Urbis, José Antonio Ruiz García, comparecerá el próximo día 7 de septiembre en los juzgados de Valladolid para declarar en calidad de imputado con motivo de las investigaciones que se siguen respecto de un posible delito medioambiental cometido por responsables de la citada promotora inmobiliaria, propietaria actual de los terrenos donde se asienta la antigua fábrica Uralita.

La testifical del referido directivo se celebrará ante el titular del Juzgado de Instrucción número 2, César Gil Margareto, que ha atendido así la petición formulada hace unas semanas por la Fiscalía Vallisoletana y se sumará a la ya prestada con anterioridad, en idéntica condición, por el mismísimo presidente de Reyal Urbis, Rafael Santamaría Trigo, y el delegado de la empresa en la capital, José María Barrio Gil Founier, cuya conducta considera ya de posible inclusión en los artículos 328.1 y 3 del Código Penal, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Y es que la acusación pública mantiene el criterio de la "improcedencia" del sobreseimiento de la presente causa y equipara el riesgo potencial para la salud humana que representan las antiguas instalaciones de Uralita en Valladolid al demostrado en otra planta de esta misma empresa en Cerdanyola del Vallés (Barcelona), en actividad hasta 1997, tras recordar que un estudio efectuado por profesionales de Atención Primaria de dicha localidad y poblaciones vecinas vincula el cáncer no sólo a los trabajadores de la fábrica y sus familiares sino a población que nunca había tenido relación con la misma.

En unos casos, recuerda, eran los propios operarios los que, además de enfermar por respirar fibras de amianto, contaminaban a sus familias a través de los restos que portaban en sus prendas de trabajo, y en otros casos los mismos restos se esparcían por las calles y afectaban al resto de la población. Así, en 559 pacientes diagnosticados, en 98 casos, un 17,5 por ciento, la fuente de exposición al amianto fue ambiental. De los 400 de exposición laboral, el 9 por ciento había trabajado en otras empresas localizadas en las proximidades.

Por lo que respecta a las instalaciones de Valladolid, la fiscal del caso vuelve a insistir en el estado de abandono de las mismas, como demostraría el hecho de que un decreto de Alcaldía de enero de 2013 ordenó su limpieza y demolición tras la declaración de ruina inminente. Muestras tomadas en el lugar detectaron fibras de amianto en diez de las diecisiete muestras tomadas, Crisotilo en nueve de ellas y Crocidolita en una.

La fiscal delegada de Medio Ambiente y Urbanismo, Ana Valle, hace alusión al informe elaborado por la Oficina Territorial de Trabajo según el cual las instalaciones investigadas, de unos 70.000 metros cuadrados, con su estructura portante que soportaba gran cantidad de placas de fibrocemento en techos y paredes, ha sido desmantelada de forma incontrolada, dejando caer las mismas y provocando su rotura y triturado, lo que ha generado una importante emisión de fibras al medio ambiente, cuyo radio de dispersión es muy difícil de estimar al tratarse de una zona completamente abierta.

La inhalación de mocrofibras de amianto, recuerda el escrito de la acusadora, puede causar asbestosis y tumores malignos, como el cáncer de pulmón y el mesotelioma, enfermedades que suelen ser mortales y que, debido al periodo de latencia, se pueden manifestar hasta 40 años después de la exposición, sin que las pruebas científicas actuales permitan establecer un límite seguro.

La presente investigación se encuentra en marcha a partir de la denuncia formulada por la Fiscalía de Valladolid, que empezó a indagar a raíz de recibir en julio de 2012 de la Asociación de Víctimas y Afectados de Amianto (Avidalid) diversa documentación, acompañada de un vídeo, en la que se alertaba de la situación de la antigua Uralita, situada en el kilómetro 187,5 de la Avenida de Madrid.

La factoría de Uralita, cuyo origen se remonta al año 1966 y concluyó en 2009 tras ser adquirida por Euronit, para pasar actualmente sus terrenos a propiedad de la promotora Reyal Urbis S.A, antes inmobiliaria Urbis S.A, con domicilio social en Madrid y delegación en Valladolid, tuvo como principal actividad a lo largo de cuarenta años la producción de fibrocemento, proceso en el que se utilizaba Crocidolita o amianto azul y Crisotilo o amianto blanco, con una media de cincuenta toneladas al año.

El colegio san agustín

Dicha circunstancia, constituiría un evidente riesgo para la salud de las personas que residen o trabajan en las proximidades, en especial para los alumnos del Colegio de San Agustín o los vecinos del Barrio de Las Delicias o la zona residencial del Pinar de Jalón, ya que la inhalación de las fibras de este mineral puede producir cáncer de pulmón o mesotelioma pleural.

La decisión de la Fiscalía vallisoletana de iniciar acciones penales contra la propietaria del suelo se produjo tras las investigaciones que la propia acusación pública, en concreto la Unidad Técnica Adscrita a la Fiscal de Sala de Medio Ambiente, Ana Valle, viene realizando desde 2012 con el auxilio de efectivos del Seprona de la Guardia Civil y de la Oficina Territorial de Seguridad e Higiene en el Trabajo, consistentes en la inspección ocular de la zona afectada y la toma de muestras.

Pero además, la Fiscalía vallisoletana constató en dichas instalaciones la presencia de individuos dedicados a llevarse distintos elementos constructivos para su venta posterior, lo que implicaba no sólo un evidente riesgo para su salud sino incluso para la de quienes pudieran entrar en contacto con los materiales sustraídos o inhalar las fibras de amianto que pudieran desprenderse de los mismos.

Ante ello, la acusación pública solicitó como medida cautelar que se requiriera a Reyal Urbis S.A. para que adoptase las oportunas medidas para el adecuado cerramiento y vigilancia del recinto de su propiedad, y todo ello con el objetivo de evitar el desmantelamiento de las edificaciones allí ubicadas y la dispersión de los materiales que pudieran contener amianto, ante lo cual el juez de Instrucción 2 ordenó a la empresa que acometiera tales trabajos.

Sin embargo, la fiscal apunta que para que se produzca la consumación del delito basta con que haya quedado acreditada la existencia del peligro o riesgo grave, sin que sea necesario que se materialice la causación efectiva de perjuicio a otros bienes jurídicos tales como lesiones a la salud humana o daños en animales o cosas, "sin que la retirada posterior del producto permita considerar que el delito sólo alcanza el grado de tentativa o concluir que no se cometió".

En este caso, añade la acusadora pública, "existen datos suficientes que apuntan al conocimiento, por los responsables de la empresa, tanto del estado de las instalaciones como de las características de los elementos constructivos cuyos restos se encontraban dispersos a lo largo de su superficie", al tiempo que recuerda que la obligación del comprador de la fábrica era afrontar "cualesquiera gastos que se generen por la demolición de las edificaciones y naves industriales existentes sobre la finca, incluyendo la retirada, tratamiento, manejo y traslado a los vertederos que legalmente corresponda, en cada caso, de los materiales y productos empleados en la construcción de las mismas".

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