Cumplirá 7,5 años de 59 de cárcel por abuso a 21 niñas

Por el principio de acumulación de penas. El acusado, F. J. O., es presidente de un club social de Dos Hermanas. Las víctimas tenían entre 4 y 8 años.
«La condena me parece una burrada. Muy poco tiempo para todo lo que ha hecho. No sé dónde están los derechos de los niños en este caso», se queja Victoria López, una de las testigos citadas a declarar en el juicio contra F. J. O., que debería haber comenzado ayer en el Juzgado de lo Penal n.º 7 de Sevilla.La vista no se celebrará, ya que el pasado 30 de marzo las partes llegaron a un acuerdo. La sentencia de conformidad es firme. Lo hicieron para evitar que las niñas revivieran los hechos durante las declaraciones, situación que desaconsejaron en los informes periciales.

El acusado, de 54 años y presidente del club social de y deportivo Las Portadas de Dos Hermanas, ha sido condenado a 59 años de cárcel y al pago de una indemnización de 168.000 euros por abusar sexualmente de 21 niñas que frecuentaban las instalaciones. Las víctimas tenían entre 4 y 8 años.

Sin embargo, por el principio de acumulación de condenas, F. J. O. sólo irá a la cárcel siete años y medio. Está acusado de 21 delitos de abuso sexual continuado, dos de exhibición de material pornográfico a menores y ocho delitos de corrupción de menores.

Los hechos ocurrieron en 2003. Hasta ahora, F. J. O. se encontraba en libertad provisional tras pasar 11 meses encarcelado y depositar una fianza de 6.000 euros por cada una de las 21 menores.

«La condena me parece ridícula. Las familias lo han pasado muy mal», dice Victoria López, quien dice que vio a F. J. O. meterse en el cuarto de baño de las mujeres, «había niñas duchándose. Se puso muy nervioso y llevaba algo sospechoso en la mano».

¿Qué es la acumulación de penas?

Se recoge en el artículo 76 del Código Penal y se aplica cuando se trata de delitos conexos que se enjuician en el mismo procedimiento. El máximo de cumplimiento efectivo de la condena a aplicar «no podrá exceder del triple del tiempo que se le imponga por la más grave de las penas en que haya incurrido». Así, en el caso de F. J. O., sus 59 años de cárcel quedan rebajados a siete años y medio, ya que la pena máxima es de dos años y medio.

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